Dejaron sin efecto el fallo que frenaba la implementación del Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires
La Sala I de la Cámara de Apelación Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora dejó sin efecto este martes la medida cautelar de habeas corpus que mantenía en suspenso la puesta en marcha del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires.
La resolución revocada correspondía a la magistrada a cargo del Juzgado de Responsabilidad Juvenil N.° 2 de dicho departamento judicial, Marta Pascual, quien había sostenido que el territorio bonaerense no contaba con las condiciones requeridas para ejecutar la disminución de la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años.
El pronunciamiento del tribunal de alzada
De acuerdo a lo estipulado en el escrito, los jueces Miguel Carlos Navascues y Miguel María Alberdi aceptaron el planteo de apelación formulado por el fiscal Hernán Ceruti y catalogaron como "inadmisible" la interrupción de la ley 27.801 por un lapso de 60 días a través de un recurso cautelar.
"El fundamento central de su decisión fue la protección de los derechos fundamentales de los adolescentes privados de la libertad en el ámbito de esta Provincia, ante la falta de condiciones materiales e institucionales adecuadas para la implementación de la citada ley", manifiesta el pronunciamiento respecto a las consideraciones expuestas por Pascual junto a la Asociación Civil "No seas pavote", entidad asociada a la Federación Familia Grande Hogar de Cristo.
Los argumentos presentados por la representación fiscal
Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal remarcó que el habeas corpus "exige la existencia de una amenaza concreta a la libertad ambulatoria o a las condiciones en que ésta habrá de ejercerse, y no puede sustentarse exclusivamente en una eventualidad futura cuya ocurrencia no ha sido demostrada".
En esa misma línea, se argumentó la ausencia de un joven bajo arresto a causa de la entrada en vigencia de la norma, como así también la inexistencia de una resolución policial, administrativa, judicial o penitenciaria que haya recortado de forma ilegítima la libertad o un escenario particular de encierro agravado por el nuevo marco legal.
Cuestionamientos a la falta de evidencias en el fallo inicial
Al momento de dictar la medida, la jueza basó su postura en la posibilidad de que el esquema novedoso provoque un incremento substancial en la cifra de menores aprehendidos, sumado a que la jurisdicción provincial no poseía la infraestructura ni los insumos indispensables para contener dicho aumento. Desde la Fiscalía remarcaron que dicho diagnóstico fue efectuado careciendo de elementos de prueba concretos.
A su vez, Pascual introdujo interrogantes vinculados al volumen de adolescentes que terminarían alojados en las dependencias de la provincia y la disponibilidad de plazas existentes. “La conclusión adoptada por la resolución transforma una posibilidad en una certeza”, sostuvo Ceruti.
Con información de NA.