Procesaron a la cúpula de la AFA y dictaron embargos millonarios por retención de aportes

La Justicia dictó el procesamiento por la retención indebida de aportes y tributos que superarían los $19.000 millones. El juez Diego Amarante impuso embargos millonarios y ratificó la prohibición de salida del país para "Chiqui" Tapia y Pablo Toviggino. Pese a alegar falta de fondos, la investigación detectó plazos fijos por $32.000 millones, dejando a los dirigentes a un paso del juicio oral en un año clave para la Selección.
lunes 30 de marzo de 2026
Procesaron a "Chiqui" Tapia y Pablo Toviggino por la presunta retención indebida de $19.000 millones en aportes y tributos de la AFA
Procesaron a "Chiqui" Tapia y Pablo Toviggino por la presunta retención indebida de $19.000 millones en aportes y tributos de la AFA

La Justicia avanzó en la investigación sobre la presunta retención indebida de aportes que superaría los $19.000 millones. En este marco, el juez en lo Penal Económico Diego Amarante dictó el procesamiento de Claudio "Chiqui" Tapia, presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), y de Pablo Toviggino, tesorero de la entidad. La resolución también recae sobre la institución como persona jurídica y dispone un embargo de $350 millones sobre el patrimonio de cada uno de los dirigentes mencionados.

El fallo judicial también involucra a otros integrantes de la estructura administrativa de la entidad madre del fútbol nacional. Fueron procesados el ex secretario general Víctor Blanco, el actual secretario general Cristian Malaspina y el director general Gustavo Lorenzo. Para este último, el juez fijó un embargo de $350 millones, mientras que para Blanco y Malaspina la cifra se estableció en $150 millones. En estos tres casos, se determinó el levantamiento de la restricción para egresar del territorio nacional. En su totalidad, las medidas cautelares sobre los bienes suman $1700 millones.

La investigación detalla un total de 51 hechos, correspondientes a cada período fiscal comprendido entre los años 2024 y 2025. Según la acusación, en dichos plazos se habrían retenido aportes que no fueron transferidos al fisco en el tiempo que estipula la normativa vigente.

Cierre de indagatorias y resolución del juzgado

La situación procesal de los imputados se definió tras cumplirse los plazos posteriores a la declaración de Tapia, quien se presentó en la última ronda de indagatorias el pasado 12 de marzo. Ante los elementos recolectados, el magistrado optó por el procesamiento, descartando la posibilidad de dictar el sobreseimiento o la falta de mérito.

Durante el proceso, los acusados rechazaron los cargos en su contra a través de escritos, cuestionaron la exposición del caso en los medios y solicitaron nuevas diligencias probatorias. En sus presentaciones, alegaron la inexistencia de delitos o responsabilidades tanto personales como institucionales, acogiéndose a su derecho de no contestar preguntas ante el tribunal.

Los detalles de la imputación por 51 hechos

La resolución del juez Amarante estructura la causa sobre 51 eventos independientes que siguen un mismo patrón operativo: la AFA, cumpliendo funciones de agente de retención, no habría depositado los fondos correspondientes dentro de los 30 días posteriores al vencimiento establecido por ley.

El expediente discrimina la deuda en tres categorías principales:

  • Retenciones de Ganancias (SICORE)

  • Retenciones de IVA (SIRE)

  • Aportes destinados al sistema de seguridad social

Los registros incorporados a la causa exponen que, en ciertos meses, las cifras superaron los $1.400 millones en lo que respecta a Ganancias y los $2.000 millones en aportes de seguridad social. Por estos motivos, el juzgado tipificó los hechos como apropiación indebida de tributos y de recursos de la seguridad social, con el agravante de la participación de múltiples involucrados.

El inicio de la investigación y la solvencia de la entidad

El proceso judicial tuvo su origen el 12 de diciembre de 2025 tras una denuncia efectuada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El organismo detectó irregularidades en el ingreso de retenciones y aportes de diversos períodos de 2024 y 2025, extendiendo luego la denuncia hacia nuevos plazos fiscales.

En un fallo de 140 carillas, el magistrado consideró probado que la AFA tenía la obligación de transferir esos capitales en los tiempos legales y que los depósitos realizados entre marzo de 2024 y septiembre de 2025 se efectuaron fuera de término. Amarante rechazó el argumento de una posible asfixia financiera, asegurando que la institución poseía la liquidez necesaria para cumplir con sus obligaciones.

Según el dictamen, la Asociación del Fútbol Argentino gestionó un movimiento de fondos que demostraba su capacidad de pago. El magistrado citó la existencia de plazos fijos en moneda nacional por casi $32.000 millones, los cuales generaron intereses superiores a los $5638 millones entre abril de 2024 y julio de 2025. Además, se detectaron inversiones en dólares por USD 7,4 millones y transferencias multimillonarias vinculadas a patrocinadores y pagos a clubes.

Como parte de la resolución, se ratificó la prohibición de salida del país para Tapia y Toviggino. Asimismo, se les impusieron reglas de conducta estrictas: no podrán ausentarse de sus hogares por más de 72 horas sin dar aviso, no pueden cambiar de domicilio sin notificación previa y deben presentarse ante cada requerimiento del tribunal.

Los argumentos de la defensa y el escenario en la Cámara

Los abogados defensores sostienen una postura técnica diferente. Argumentan que no se puede configurar un delito si la obligación no era exigible, señalando que la suspensión de ejecuciones fiscales significó una prórroga de los vencimientos originales. Para la defensa, el incumplimiento penal no se produce por la deuda en sí, sino por el paso del tiempo tras un vencimiento que, según su visión, fue postergado por medidas administrativas.

A su vez, recalcaron que los pagos finalmente se concretaron con los intereses correspondientes, reduciendo el conflicto a una discrepancia de criterios con el ente recaudador.

Actualmente, el caso también se dirime en la Cámara en lo Penal Económico. Los jueces Carolina Robiglio y Roberto Hornos, integrantes de la Sala A, deben resolver si la causa se archiva o continúa su curso. Con las presentaciones escritas ya realizadas, el tribunal está en condiciones de emitir un fallo que marcará el futuro del proceso, el cual podría derivar en un juicio oral a pocos meses de la cita mundialista.

Con información de BAE Negocios.