CRIMEN DE KM 8

El juez declaró ilegal la detención del homicida de Km 8 por presunta "mala actuación de la policía"

Las defensoras de Lucas Romero, el imputado por el homicidio de Alexandro Alvarado Beltrán, cuestionaron la detención y pidieron declararla ilegal a lo que el juez penal dio lugar "por presunta mala actuación de la policía". En el hallazgo y detención de Romero -según el informe policial- había actuado el propio jefe de Unidad Regional, Cristian Mulero junto a la madre del acusado. Pese a ello, el juez autorizó la apertura y dictó la prisión preventiva de Romero por tres meses.
viernes 16 de octubre de 2026

El mediodía del presente viernes se llevó a cabo la audiencia de control de detención y apertura de la investigación en relación al homicidio de Ezequiel Alvarado Beltrán, que tiene como único imputado a Lucas Aaron Romero.

El fiscal solicitó se declare legal su detención, se le formalice el hecho en su contra por homicidio simple y se dicte su prisión preventiva. Por su parte las defensoras cuestionaron la legalidad de la detención. Por último, el juez penal resolvió declarar ilegal la detención, autorizó la apertura de la investigación y dictó la prisión preventiva de Romero por tres meses.

El hecho investigado según informó Fiscalía, ocurrió el 15 de octubre de 2026, siendo aproximadamente las 19:10 horas, Alexandro Ezequiel Alvarado se hallaba en compañía de una testigo, transitando ambos a pie por calle Código 2401, en dirección a su intersección con calle Base Matienzo, B° Don Bosco, Km. 8.

En esas circunstancias, según la Fiscalía, fueron interceptados por Lucas Aaron Romero, expareja de la testigo. La mujer procuró conversar con aquel, quien sin embargo no desistió en su agresión verbal, dirigiéndose luego hacia el propio Alvarado, profiriendo insultos, y extrayendo de entre sus ropas un arma blanca tipo navaja, intentandolo agredir. Poco después, llegó la madre del imputado, quien intentó también, sin éxito, hacer cesar la agresión.

Romero, siempre según la Fiscalía, volvió a dirigirse a Alvarado, quien intentó escapar del lugar, siendo perseguido y rápidamente interceptado por aquel, quien valiéndose del arma blanca referida, y con claras intenciones de darle muerte, le asestó a Alvarado Beltrán una herida punzocortante en hemitórax izquierdo, por debajo de la respectiva tetilla, perforándole el corazón, y huyendo del lugar.

La víctima logró caminar unos cincuenta metros aproximadamente, para luego perder el conocimiento en la vía pública, siendo primeramente asistido en el lugar, y trasladado luego al Hospital Regional ya en estado crítico, falleciendo finalmente como consecuencia de la lesión. Calificando provisoriamente el mismo como “homicidio simple”, por el que Lucas Aaron Romero deberá responder en calidad de “autor”.

Según la Fiscalía, con los elementos de convicción suficientes para tenerlo a Romero como probable autor del hecho, la gravedad del mismo y la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación, el fiscal solicitó se dicte su prisión preventiva.

Por su parte la defensa planteó la ilegalidad de la detención de Romero. Y finalmente, el juez penal resolvió declarar ilegal la detención del imputado "por presunta mala actuación de la policía". Hay que recordar que en el informe policial de la Comisaría de Km 8, se detalló que fue el propio jefe de Unidad Regional, Cristian Mulero junto a la madre del imputado realizaron un rastrillaje solicitando presencia policial en base Belgrano y avenida Alejandro Maíz en virtud de haber hallado al autor de la agresión.  A Romero en primer término según la Policía, se le da ingreso por al artículo 215a disposición del Ministerio Público Fiscal. Ese procedimiento para el juez Nicosia fue declarado ilegal, aunque autorizó la apertura de la investigación y dictó la prisión preventiva del imputado Romero.

La audiencia fue presidida por el juez Mariano Nicosia; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Ariel Corredera, fiscal general, acompañado por Silvia Chaura, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Romero fue ejercida por Vanesa Vera y Juliana Fuentes, defensoras públicas.