Empresas de micros podrán elegir cómo identificar las valijas de los pasajeros

El Gobierno nacional implementó una nueva normativa para el transporte de equipaje en micros de larga distancia. Ahora, las empresas tendrán más libertad para elegir cómo identificar valijas y paquetes, desregulando el sistema anterior.
martes 13 de enero de 2026

El Gobierno nacional aprobó un nuevo Régimen de Identificación y Trazabilidad de Equipajes y Encomiendas para micros de larga distancia, según se publicó este martes en el Boletín Oficial. La medida, dispuesta por Resolución 4/2026, elimina la obligatoriedad de que las empresas de transporte utilicen etiquetas y fajas físicas con diseños predeterminados por el Estado. A partir de ahora, las compañías podrán elegir libremente los dispositivos documentales o tecnológicos para individualizar valijas y bultos con sus propietarios.

Entre las opciones que tendrán las empresas se encuentran el código impreso directamente en el pasaje, códigos QR o electrónicos asociados, el registro digital integrado en el sistema de ticketing, o etiquetas impresas por la propia transportista. La Secretaría de Transporte indicó que cualquier mecanismo elegido deberá garantizar la seguridad, la inviolabilidad y la vinculación inequívoca entre el equipaje y el pasajero, y ser compatible con sistemas regionales e internacionales, según informó la Agencia Noticias Argentinas.

Los transportistas mantendrán la obligación de conservar y rendir datos para facilitar posibles reclamos de los usuarios. En caso de pérdida o deterioro, las indemnizaciones fijadas por la Resolución 47/1995 siguen vigentes. Un aspecto crucial del nuevo régimen es que el equipaje que no cuente con un dispositivo de seguridad identificado no podrá ser ingresado a la unidad de transporte, y en estos casos el pasajero perderá el derecho a compensación.

Flexibilización y control estatal

La nueva normativa deroga el sistema anterior, vigente desde 2026, argumentando que se busca "dejar sin efecto el régimen anterior y permitir a los transportistas la libre elección de mecanismos que garanticen la trazabilidad". Esta decisión se enmarca en los lineamientos del Decreto 70/2023, que busca eliminar restricciones que "distorsionen los precios de mercado" e impidan la "libre iniciativa privada".

A pesar de esta desregulación en los métodos de identificación, el Estado mantendrá la vigilancia sobre el procedimiento. La Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) seguirá siendo el órgano encargado de fiscalizar. Su control se centrará en la efectividad de la trazabilidad y la seguridad del dispositivo elegido por las empresas, dejando de lado la verificación de instrumentos físicos con especificaciones de diseño estatales anteriores.

La medida aplica a servicios públicos de transporte interjurisdiccional, tráfico libre, servicios ejecutivos, y turismo nacional e internacional. Entrará en vigor en 60 días, otorgando a las empresas un plazo de transición para adaptar sus sistemas. Las compañías deberán informar a la CNRT y a la Subsecretaría de Transporte Automotor los mecanismos adoptados con 30 días de antelación a la entrada en vigencia, bajo riesgo de sanción. Este cambio se suma a la reciente creación del Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros.