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En Chubut afectaría a más de 10.000 personas 

Más de 800.000 personas, principalmente mujeres, no podrán jubilarse si Diputados no aprueba la Ley de Pago de Deuda Previsional

La abogada previsional Jimena Díaz Asencio, en diálogo con Crónica explicó el panorama que podría llegar a ocurrir en caso de no aprobarse la Ley.
miércoles 25 de enero de 2023
Más de 800.000 personas, principalmente mujeres, no podrán jubilarse si Diputados no aprueba la Ley de Pago de Deuda Previsional
Problema de género. “Las mujeres son las principales afectadas porque el trabajo que realizan no se regulariza, se ven doblemente vulneradas siempre, en cuanto a los trabajos y a las tareas de cuidado”, sostuvo Díaz Asencio.
Problema de género. “Las mujeres son las principales afectadas porque el trabajo que realizan no se regulariza, se ven doblemente vulneradas siempre, en cuanto a los trabajos y a las tareas de cuidado”, sostuvo Díaz Asencio.

Durante diciembre último, la Cámara de Diputados de la Nación no consiguió quórum para tratar la Ley de Pago de Deuda Previsional al no presentarse en el recinto los legisladores de la oposición. A partir de ello, el 31 de diciembre de 2022 se venció el plazo vigente para jubilarse a través de la adhesión a una moratoria, que permitía cumplir con el pago de aportes faltantes.

Esta situación provoca que más de 800.000 personas de todo el país, principalmente mujeres, no puedan ingresar al sistema jubilatorio. En Chubut, se estima que alcanzaría a una cifra de 10.000 personas las afectadas.

La abogada previsional Jimena Díaz Asencio, en diálogo con Crónica explicó el panorama que podría llegar a ocurrir en caso de no aprobarse la Ley de Pago de Deuda Previsional. También, expresó cuáles son los principales puntos de esta nueva Ley que beneficiaría a quienes se encuentran en edad jubilatoria, tanto a mujeres como a hombres.

Un conflicto político que afecta a la población en edad jubilatoria

La Ley de Pago de Deuda Previsional es un proyecto que viene a establecer medidas superadoras a las dictadas por las leyes de moratoria que se encontraban funcionando hasta el 2022. “La nueva Ley tiene mejores beneficios tanto para hombres como para mujeres, para poder comprar mayores años de aporte. Es más beneficiosa, incluso para los activos porque incluso mujeres entre 50 y 60 años, y hombres de 55 a 65 años, podrían comenzar a pagar años de aporte. Lo que permitiría prever y garantizar que al momento de jubilarse no va a faltar nada”, afirmó la abogada Díaz Asencio, quien se encuentra a cargo de la Consultora Jubilarse.

A partir de enero de 2023, ha dejado de tener vigencia la moratoria correspondiente a la Ley N° 26.970, que era solo para mujeres entre 60 y menores de 65 años, y permitía cubrir años de aportes desde enero de 1955 hasta diciembre de 2003. La misma había contado con dos prórrogas que permitieron su extensión hasta diciembre del año pasado. Se esperaba que la Cámara de Diputados de la Nación diera la media sanción restante para hacer efectiva la nueva ley de moratoria, pero no se ha dado el quórum necesario para discutir el proyecto.

En este sentido, la abogada local expresó que “es una cuestión fea, en la que los diputados prefieren no presentarse para ser políticamente correctos, en vez de asistir y decir ‘No, no estoy de acuerdo con la ley’”. Y continuando con su descargo, agregó que “en diciembre se aprobó el presupuesto nacional, en el que está incluida esta moratoria. Ahora es una cuestión política sancionar o no la Ley. Lo que tiene que entender la sociedad es que no es una cuestión de bandos, sino sobre quiénes quedan en el medio, quiénes son los principales afectados”, manifestó Díaz Asencio.

Si no se sanciona la nueva ley, las mujeres serían las principales afectadas

Haciendo hincapié en las consecuencias que podrían tener lugar, la abogada previsional sostuvo “en caso de no salir la ley, el mayor perjuicio sería para las mujeres, porque los hombres continuarán teniendo su Ley de Moratoria, para el hombre sigue existiendo la posibilidad de jubilarse comprando aportes”. Esto se debe a que la moratoria que dejó de tener vigencia correspondía específicamente a la población femenina.

Y continuando con su explicación, mencionó que “las mujeres son las principales afectadas porque el trabajo que realizan no se regulariza, se ven doblemente vulneradas siempre, en cuanto a los trabajos y a las tareas de cuidado. Esto es real, todos conocemos a alguien que trabaja en la casa de otra persona y no le pagan los aportes. Si bien ahora hay mayor regularización, no todas las personas ponen en blanco a las mujeres”.

Jimena Díaz Asencio. La abogada explicó las consecuencias de que no se sancione la Ley de Pago de Deuda Previsional, para aquellas personas que no cuentan con la totalidad de los aportes.

Los trabajos de cuidado no son regularizados

En ese sentido, Jimena Díaz Asencio recalcó que es una cuestión de género, que involucra a toda la sociedad. “Las tareas de cuidado son tareas no pagas, que implican un trabajo real. Y en general, las tareas de cuidado son realizadas por mujeres, siempre la que cuida es una mamá, una abuela o si no otra mujer, que puede no pertenecer a la familia. Rara vez se le dan cargos de cuidado a un hombre, no se contratan niñeros, rara vez hay personal de limpieza masculino. Esto genera una cadena de vulneración y de maltrato, que se va naturalizando y que perjudica a las mujeres cuando llegan a la instancia de jubilarse”, recalcó.

Asimismo, expresó que “la mayoría de las veces sucede que las mujeres trabajan pero no se las registra. Ellas te pueden decir trabajé acá, con esta persona, incluso hemos escuchado a mujeres que trabajaron en la casa de gente importante, pero que aun así nunca le hicieron los aportes. Así que la gran mayoría de mujeres no llegan a jubilarse, por eso sirven las moratorias porque amplían los plazos que pueden sumar pagando por su cuenta”, mencionó.

La abogada sostuvo que es una problemática recurrente para las mujeres, por lo que la nueva ley es fundamental para garantizar el ingreso al sistema jubilatorio. “Todo el tiempo vemos mujeres que no se pueden jubilar, con situaciones en las que no podemos hacer nada para cumplir con los requisitos. Ante esas situaciones recomendamos adherirse al monotributo para comenzar a aportar algo, pero a veces aun así no se llega, porque no aportó nunca”, expresó.

Desde principios de 2023, el equipo de la Consultora Jubilarse fue armando un listado de mujeres que buscaron asesorarse para ingresar al sistema jubilatorio, pero que no podrán hacerlo a menos que se sancione la Ley de Pago de Deuda Previsional; un listado que crece día a día. “Desde el 1 de enero hasta que salga esta Ley, todas estas mujeres están sin cobertura. Esto implica otras cosas más, no solo el ingreso económico que es muy importante, sino que tampoco pueden acceder a la salud porque no pueden contar con PAMI, teniendo en cuenta que hoy en día los Hospitales Públicos están abarrotados”.

Por último, la abogada manifestó que esta situación debe ser una cuestión de interés para toda la comunidad. “La cifra de hombres que al día de hoy no pueden acceder a una jubilación es de 3 cada 10 hombres, en cambio para las mujeres, 9 de cada 10 mujeres no cuentan con los requisitos para acceder a una jubilación. Es muy importante que la sociedad se involucre, porque todos conocemos a una mujer, que podría ser una mamá, una abuela, o una amiga conocida, que se ha podido jubilar por la Ley de Moratorias”, concluyó Díaz Asencio.

Falta de certificaciones laborales, trabajo informal y desinformación, tres puntos en contra a la hora de iniciar trámites jubilatorios

En otra parte de la entrevista con Crónica, la abogada Jimena Díaz Asencio manifestó que al momento de iniciar los trámites jubilatorios se detectan una serie de inconvenientes que se encuentran atravesados por el trabajo informal y por el desconocimiento de la importancia de contar con certificaciones laborales. También considerando estas situaciones recurrentes, la abogada mencionó: “Cuando somos jóvenes, creemos que vamos a ser jóvenes para siempre, y no tomamos los recaudos necesarios. No pedimos certificaciones cuando dejamos un trabajo, no exigimos ningún tipo de documentación al empleador cuando se renuncia o cuando te despiden, eso es fundamental porque prueba que cumpliste servicios”, comentó.

A modo de facilitar el inicio de los trámites jubilatorios, Díaz Asencio sostuvo que es muy importante informarse sobre los requisitos que debemos cumplir ante ANSES y, también, sobre qué cuestiones deben garantizar los empleadores. “Es importante recordar esto siempre, es muy importante comenzar a juntar la documentación cuando somos jóvenes. Lo que sea, recibos de sueldos, certificaciones de servicio, cualquier documento de ese tipo que nos permita completar los años que nos faltan, son datos que nos debe entregar el empleador”, explicó la abogada.

A pesar de esta sugerencia, expresó que muchas veces los empleadores no cumplen con sus trabajadores al registrarlos formalmente. “También sucede que muchas personas traen los recibos de sueldos que guardaron, pero sus empleadores nunca aportaron por ellos; esas son situaciones que se pueden solucionar cuando existe una moratoria” dijo, destacando la importancia de la ley de moratoria que se encuentra vigente -solo para hombres- y sobre el proyecto que está en discusión en la Cámara de Diputados.

La jubilación. La abogada Jimena Díaz Asencio brindó algunos consejos a tener en cuenta, y mencionó los principales escollos con los que se suelen encontrar a la hora de iniciar los trámites para jubilarse.

En esa misma línea, la abogada manifestó que “cuando a pesar de haber juntado todos los papeles no se llega a cumplir con la cantidad de años de aportes, aprovechamos las moratorias. En el caso de la ley que está vigente, la de los hombres, te permite comprar cierta cantidad de años hasta el año 1993”.

Y respecto al funcionamiento de dicha ley, agregó: “Las moratorias tienen plazos, no es que uno puede comprar los 30 años de aporte. La Ley dice que uno puede acceder a una moratoria a partir de los 18 años de edad, siempre y cuando sea residente argentino, en el caso de ser extranjero se tiene en cuenta la fecha de ingreso al país”. Ante situaciones complejas, recomendó buscar asesoramiento de profesionales que puedan brindar acompañamiento para realizar el trámite sin inconvenientes.

También, teniendo en cuenta la posibilidad de que no se sancione la nueva Ley de Pago de Deuda Previsional, hizo referencia a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Respecto a ello, la abogada comentó: “Este es un salvataje que existe a partir de los 65 años, pero es una pensión y tiene sus trampas. Por ejemplo, en el caso de fallecer el titular de la PUAM no genera ningún derecho en el cónyuge a seguir cobrando la pensión. Además, representa solo el 80% de una jubilación mínima”.

Esta pensión está destinada a los mayores de 65 años que no cuentan con ninguna jubilación o pensión; garantiza el cobro de un monto equivalente al 80% de una jubilación mínima, que a enero de 2023 equivale a $60.124, es decir que para este mes, aquellos adultos mayores que son beneficiarios de la PUAM cobrarán un aproximado de $48.000. A su vez, permite acceder a cobertura de salud y servicios de PAMI.

“Imaginate que si con una jubilación mínima no se vive ¿Cómo se hace sólo con el 80%? Si no se tiene ningún aporte, obviamente que la PUAM es mejor que nada, pero siempre se recomienda intentar llegar a la jubilación mínima, nuevamente las moratorias son la herramienta que se tiene para cubrir ese faltante”, finalizó la abogada de la Consultora Jubilarse.

 

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