Piden investigar como delito contra la fauna silvestre el ataque a un carpincho en Nordelta

Piden una imputación más grave para el vecino de Nordelta que atacó a un carpincho. La Defensoría del Pueblo presentó pruebas para que el hecho sea juzgado bajo la Ley de Conservación de la Fauna.
miércoles 07 de octubre de 2026

La Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires solicitó formalmente que el ataque perpetrado por Sebastián Favre contra un carpincho en Nordelta sea investigado como un delito contra la fauna silvestre, buscando una imputación más severa que la actual.

El organismo, encabezado por Guido Lorenzino, presentó un escrito ante la UFI N.° 1 de Benavídez, a cargo del fiscal Cosme Iribarren. La entidad busca que se aplique el artículo 25 de la Ley Nacional 22421 de Conservación de la Fauna, sumado a las figuras de maltrato y crueldad animal contempladas en la Ley N.° 14346. "Lo que solicitamos es otra imputación, más grave, por el ataque a fauna silvestre", indicaron desde la institución.

La legislación citada establece penas de prisión que oscilan entre los dos meses y los dos años, con inhabilitaciones especiales que podrían extenderse hasta una década en casos agravados. Según la Defensoría, este episodio encuadra en los supuestos de mayor gravedad, lo que permitiría una inhabilitación para el uso de armas de caza. Aunque reconocieron que se trata de un delito excarcelable, enfatizaron que una sanción efectiva "resultaría ejemplificadora" para la sociedad.

El documento presentado sostiene que no es necesario confirmar que el animal haya sido alcanzado por los proyectiles para configurar el delito. Basándose en el Código Rural bonaerense, la Defensoría argumenta que el acto de caza incluye cualquier técnica destinada a "buscar, perseguir, acosar, apresar o matar animales silvestres". Al no estar el carpincho habilitado para la caza en la provincia, cualquier acción de este tipo constituye una violación directa al régimen de protección vigente.

Finalmente, el escrito subraya la importancia de evaluar el entorno donde ocurrieron los hechos. El Código Rural prohíbe explícitamente la caza en áreas urbanas, suburbanas y zonas concurridas por el público, factores que agravan la conducta del imputado al poner en riesgo la seguridad de los vecinos de la zona.