Un repositor tiró sin querer una botella y lastimó a un comprador: el fallo de la justicia
El magistrado determinó que la empresa incumplió el deber de seguridad hacia sus consumidores.
El hecho tuvo lugar en el sector de bebidas del establecimiento. Mientras un cliente realizaba sus compras, la caída y explosión de dos botellas de cerveza le provocaron heridas de gravedad en una de sus extremidades inferiores.
Detalles del incidente en el comercio
Según la demanda presentada, el accidente ocurrió cuando un empleado realizaba tareas de reposición de mercadería. Al caer las botellas al suelo, los fragmentos de vidrio impactaron en la pierna del hombre, causándole un corte profundo y una hemorragia.
El afectado señaló que no recibió asistencia inmediata por parte del personal de la firma. Fueron otros clientes presentes en el local quienes debieron intervenir para realizar un torniquete improvisado y dar aviso a los servicios de emergencia.

La resolución de la justicia civil
El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 4 de San Martín, bajo la titularidad de Federico Eribe, hizo lugar parcialmente a la demanda.
La sentencia establece una indemnización de 2,6 millones de pesos, cifra que incluye los intereses acumulados desde el año 2018.
La justicia consideró que la empresa es responsable de garantizar un ámbito seguro para todas las personas que transitan por sus góndolas. El fallo resalta el incumplimiento del artículo 5 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
Responsabilidad y deber de seguridad
Durante el proceso, la empresa intentó atribuir la responsabilidad a un tercero no identificado, alegando que un carro de compras habría golpeado las botellas. Sin embargo, no se presentaron pruebas suficientes para respaldar esta versión ante el magistrado.
El juez subrayó que el proveedor debe asegurar las condiciones de circulación y exhibición de bienes. La falta de medidas preventivas en el área de reposición fue un factor determinante para establecer la responsabilidad civil del establecimiento comercial.
Composición de la indemnización
El monto total de la condena se divide en 2,5 millones de pesos por daño moral y 100.000 pesos destinados a cubrir gastos médicos. El fallo desestimó reclamos por incapacidad física permanente tras analizar las pericias correspondientes.
La sentencia reafirma la obligación de los comercios de proteger la integridad física de los usuarios. El caso sienta un precedente sobre la importancia de los protocolos de seguridad y asistencia inmediata dentro de grandes superficies comerciales.
Fuente: TN