La Justicia anuló las elecciones de la UOM y dispuso desplazar a Furlán e intervenir el gremio

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó un fallo de fuerte impacto político y gremial al declarar nulos los comicios nacionales de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM). La resolución dejó sin efecto la reelección de Abel Furlán al frente de la organización y resolvió designar al abogado Alberto Biglieri como interventor judicial del sindicato, tanto a nivel nacional como seccional, otorgándole un plazo de 180 días para normalizar la entidad.
viernes 22 de mayo de 2026

La determinación del tribunal de alzada se originó a partir de una demanda impulsada por la Lista Naranja, el espacio opositor que denunció diversas irregularidades en el desarrollo del proceso eleccionario llevado a cabo entre el 2 y el 4 de marzo de 2026.

La sentencia judicial invalidó tanto las elecciones generales de autoridades nacionales como los comicios desarrollados en la seccional bonaerense de Campana, que constituyó el origen de las actuaciones en los tribunales.

Según informaron fuentes judiciales, la Sala VIII del tribunal, conformada por los magistrados Víctor Arturo Pesino y María Dora González, fundamentó la medida en la absoluta falta de garantías para consolidar una votación confiable, segura y transparente en la mencionada seccional de la provincia de Buenos Aires.

Para los camaristas, los mecanismos dispuestos por la junta electoral para el resguardo y el posterior recuento de los sufragios a lo largo de las tres jornadas de votación terminaron por destruir la objetividad de los comicios, vulnerando las bases de la libertad y la democracia sindical.

Impugnaciones y falta de transparencia

El expediente detalla que la lista de la oposición, liderada por Ángel Derosso en la regional Zárate-Campana, formalizó una impugnación el 3 de marzo alertando sobre la pérdida de fiabilidad del proceso. En esa presentación, solicitaron que los comicios se unificaran en una única jornada o bien que se efectuaran recuentos provisorios públicos al término de cada día.

No obstante, las autoridades electorales del gremio, alineadas con la conducción oficialista, desestimaron los requerimientos y dispusieron que las urnas quedaran resguardadas de modo unilateral dentro de la sede del sindicato.

Los jueces subrayaron que no se logró constatar que la junta electoral notificara de forma fehaciente y fundamentada el rechazo a las impugnaciones antes de la finalización del acto eleccionario. Asimismo, calificaron de inaceptable el argumento de la defensa, que sugirió que los fiscales opositores pasaran la noche dentro del edificio gremial para custodiar las urnas, considerando que tal alternativa resultaba irrazonable para dar certezas sobre la inviolabilidad de los votos.

Abel Furlán, líder de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) 

 

Finalmente, el fallo remarcó que la extensión de los comicios por tres días sin fiscalización cruzada ni escrutinios diarios públicos, en contradicción con el estatuto interno de la propia entidad y la reglamentación vigente, invalidó cualquier presunción de legitimidad, abriendo paso a la intervención del gremio metalúrgico con el propósito de regularizar su situación institucional.

El tribunal de alzada resolvió designar al abogado Alberto Biglieri como interventor judicial del sindicato, tanto a nivel nacional como seccional, otorgándole un plazo de 180 días para normalizar la entidad y convocar a nuevos comicios bajo condiciones estrictas de transparencia.