La Justicia suspendió el fallo contra el protocolo antipiquetes y la medida sigue vigente
El Gobierno nacional logró suspender de forma provisoria la sentencia que había declarado la nulidad del protocolo antipiquetes. El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 otorgó la apelación solicitada por el Ministerio de Seguridad “con ambos efectos”. Esta decisión judicial implica que el fallo anterior queda en suspenso y habilita la continuidad de la medida.
Desde el área de Seguridad informaron que, al concederse el recurso con efecto suspensivo, el protocolo puede seguir en aplicación mientras se tramita la apelación ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
Repercusiones y apoyo oficial
La ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, destacó la resolución judicial a través de sus redes sociales. “EL PROTOCOLO SIGUE VIGENTE. La Justicia concedió el recurso y suspendió los efectos de la sentencia”, manifestó, asegurando además que la gestión no retrocederá en esta política.
EL PROTOCOLO SIGUE VIGENTE
— Alejandra Monteoliva (@AleMonteoliva) December 30, 2025
La Justicia nos dio la razón: concedió el recurso que presentamos y suspendió los efectos de la sentencia que declaraba la nulidad del Protocolo.
El Protocolo sigue vigente y puede aplicarse.
Lo dijimos ayer y lo reafirmamos hoy:
no vamos a dar un… https://t.co/3sfbxxJ50T
Por su parte, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la senadora de La Libertad Avanza Patricia Bullrich —quien impulsó el protocolo— expresaron su respaldo. Bullrich afirmó que “el Protocolo Antipiquete no se suspende. El orden no se negocia”. En la Casa Rosada, donde el fallo inicial fue calificado como “político”, sostuvieron que la medida posee un amplio apoyo social.
Fundamentos de la nulidad previa
El pasado lunes, el juez federal Martín Cormick había aceptado un amparo del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) para declarar nulo el protocolo. En dicho dictamen, el magistrado consideró que el Poder Ejecutivo se atribuyó facultades legislativas y que no cuenta con la potestad de limitar derechos constitucionales sin una ley del Congreso.
La resolución de Cormick señalaba que el protocolo afectaba derechos como la libertad de reunión, la libre expresión y el derecho a peticionar, presentando lo que denominó como “vicios en su conformación legal”.
La postura del Estado
Marcelo Cippitelli, director de Asuntos Judiciales del Ministerio de Seguridad, fue el encargado de presentar la apelación. El Estado argumentó que la sentencia original provoca un “gravamen irreparable”, justificación central para pedir que el recurso tuviera efectos suspensivos.
En el documento se rechazó la vía del amparo por considerarla improcedente y se negó que la Resolución 943/2023 implique legislar. Según el Ministerio, el protocolo busca ordenar la actuación de las fuerzas de seguridad ante delitos flagrantes, específicamente aquellos contemplados en el artículo 194 del Código Penal.
Contexto y otros procesos judiciales
La aplicación de esta normativa ha generado diversas presentaciones en la Justicia y críticas de sectores opositores. Anteriormente, en el marco de un habeas corpus presentado por Celeste Fierro del MST, el juez Sebastián Casanello había dispuesto que el accionar de las fuerzas debía ajustarse a los límites constitucionales. Por el momento, y mientras la Cámara estudia la cuestión de fondo, el protocolo se mantiene plenamente operativo.
Con información de BAE Negocios.