Cristina Kirchner, inhabilitada para votar en las próximas elecciones

Este lunes, la Cámara Nacional Electoral (CNE) revocó la decisión de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, que había habilitado a Cristina Fernández de Kirchner a ejercer su derecho al voto en las próximas elecciones legislativas de octubre. De este modo, la expresidenta de la Nación no podrá sufragar debido a su condena en la causa Vialidad.
lunes 15 de septiembre de 2025

La CNE dejó sin efecto el fallo que mantenía a Cristina Fernández de Kirchner en el padrón electoral, aplicando la inhabilitación que el Ministerio Público Fiscal había sostenido desde el inicio de la causa. Anteriormente, el fiscal nacional electoral, Ramiro González, había dictaminado en el mismo sentido, argumentando que la reglamentación específica para el derecho al voto de exfuncionarios inhabilitados para ejercer cargos públicos debe ser establecida por el Congreso Nacional, y no por el Poder Judicial.

Detalles de la inhabilitación

A principios de agosto, la jueza Borruto había declarado la inconstitucionalidad de dos artículos clave: el 19, inciso 2° del Código Penal y el 3, inciso “e” del Código Electoral Nacional. El Código Penal establece que la inhabilitación perpetua recibida por Cristina Kirchner incluye “la privación del derecho electoral”. Por su parte, el Código Nacional Electoral excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, por el término de la condena”.

Ante la decisión de la jueza, el fiscal Julio César Zárate presentó un recurso de apelación, argumentando que la jurisprudencia citada no respaldaba la inclusión de la exmandataria en el padrón. La CNE, compuesta por los jueces Santiago Hernán Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Ricardo Dalla Via, recordó que en 2016, en el caso “Procuración Penitenciaria”, el Tribunal declaró la inconstitucionalidad de ciertas leyes sobre el voto de condenados, y solicitó al Congreso que revisara la normativa.

En aquella oportunidad, la Cámara explicó que los condenados sufrían “restricciones de carácter genéricas y automáticas” de sus derechos, pero también aclaró que los legisladores podían considerar justificada la aplicación de la pena de inhabilitación en “ciertos casos”, como los relacionados con “corrupción, crimen organizado, lavado de activos, malversación de fondos públicos, defraudación contra la administración pública, entre otros”. Con esta premisa, la CNE ratificó que la tarea de regular el derecho al voto de personas con condenas e inhabilitaciones corresponde al Congreso.

 

 

Redactado con información de Infobae.