Vacunados VIP: Santiago Igón deberá pagar 3 millones de pesos al Hospital de Esquel para no ir a juicio
El pago lo tiene que hacer en un plazo de diez días hábiles a contar desde la firmeza de la sentencia, y la defensa deberá acreditar dicho cumplimiento ante el Tribunal. De la misma manera también hicieron lugar a la reparación integral del perjuicio solicitada por el abogado Fernando Wiernes, en favor del médico y quien en la pandemia era jefe de Programas Sanitarios del Área Programática de Esquel, Carlos Biondo y dispusieron que abone la suma de un millón de pesos a ese Hospital de Esquel.
Incluso los jueces enviaron un oficio al Hospital de Esquel a los fines de que brinde a ese Tribunal los datos de esas transferencias bancarias cuando se realicen.
El diputado había sido anotado como “personal de salud” en el Registro Federal de Vacunación y la autorización para su inoculación había sido dada por Biondo, quien invocó que el diputado era personal estratégico.
En aquel operativo de vacunación “VIP” montado también en las oficinas del Ministerio de Salud de la Nación, la maniobra terminó eyectando de su cargo a Ginés González García. El juez federal Guido Otranto lo procesó por el delito de dádivas y luego la Cámara de Comodoro Rivadavia confirmó la medida. El 30 de julio pasado, el abogado de Igón, Reinoso, ofreció el principio de “justicia restaurativa”, una reparación integral de tres millones de pesos utilizando “como base de cálculo, el valor de una vacuna al presente, la que no superaría según la parte, la suma de pesos ciento cincuenta ($ 150)”.
El abogado del ex diputado nacional destacó que no hubo víctimas directas involucradas, sino que "el damnificado es el propio Estado representado por el Ministerio Público Fiscal”. Incluso cito jurisprudencia y ejemplificó como uno de los más resonantes, en el fuero de la Justicia de San Isidro donde el ex presidente de la Nación llegó a una resolución de similares características. Wiernes, abogado de la defensa pública quien representó a Biondo, adhirió también a esos argumentos y ofreció un millón de pesos para ese nosocomio de Esquel.
El Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general, Teodoro Nürnberg, sostuvo que la aplicación de ese artículo resultaba inviable en el presente caso, por cuanto dicho instituto se encuentra expresamente vedado a los funcionarios públicos, conforme lo establece la norma.
“Y si bien la calidad de funcionario justificaría, en principio, la publicidad de lo ocurrido mediante la realización del juicio, ello no puede ir en contra de un derecho cuando como se dijo, la limitación no surge de la ley vigente a la fecha del hecho. Voto en consecuencia, siguiendo el criterio por homine y en función del principio de legalidad que impone aplicar la ley vigente al momento del hecho, por admitir la salida alternativa de reparación integral propuesta por ambas defensas. Es que reitero, no hay posibilidad de negar un derecho de ley, cuando no hay norma que invocar para fundar la negativa” argumentó el tribunal.