Recategorización para monotributistas: Nuevas escalas con mayores facilidades desde el celular

Desde la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se anunció que el sistema para realizar la recategorización en el Monotributo ya está habilitado y se podrá utilizar hasta el próximo 5 de febrero. Este procedimiento ahora cuenta con escalas actualizadas conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado recientemente.
viernes 17 de enero de 2025
Recategorización para monotributistas: Nuevas escalas con mayores facilidades desde el celular
Recategorización para monotributistas: Nuevas escalas con mayores facilidades desde el celular

Con el propósito de simplificar y agilizar este trámite, ARCA ha implementado una modalidad de recategorización simplificada. Al iniciar el proceso en el portal Monotributo, el sistema mostrará automáticamente la facturación anual registrada. Si la información es correcta, el usuario podrá confirmar su nueva categoría; de lo contrario, tendrá la opción de ajustar el monto manualmente.

Otra ventaja es que ahora el trámite también puede completarse desde un dispositivo móvil utilizando la aplicación ARCA Móvil.

Este sistema simplificado está disponible exclusivamente para monotributistas que dispongan de puntos de venta de facturación electrónica y que cuenten con un registro completo de 12 meses dentro del Monotributo.

El cálculo para determinar la categoría debe basarse en los últimos 12 meses de actividad. Para consultar los nuevos valores, los contribuyentes pueden acceder al siguiente enlace: https://www.arca.gob.ar/monotributo/categorias.asp

Proyección para menos de 12 meses de actividad

Si el contribuyente tiene más de un semestre de actividad pero menos de un año completo, se realiza una proyección anual usando una regla de tres simple. Por ejemplo, si una actividad inició en mayo de 2024 y se facturó un total de $5.000.000 hasta diciembre, la cuenta sería: $5.000.000 dividido 8 meses, multiplicado por 12 meses, lo que resulta en $7.500.000.

Actualización de parámetros e importes

De acuerdo con el artículo 52 del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Ley 24.977), los parámetros se ajustan semestralmente. Para esta recategorización, deben considerarse los IPC de julio a diciembre. En la próxima instancia, se utilizarán los índices de enero a junio.

Excepciones a la recategorización

Si los parámetros de la categoría actual no han cambiado, el contribuyente no está obligado a recategorizarse.

Para quienes iniciaron actividades hace menos de seis meses calendario.

Forma de pago del monotributo

El pago mensual debe realizarse antes del día 20 de cada mes. En este caso, los nuevos valores entrarán en vigencia el 20 de febrero. Todos los monotributistas, independientemente de su categoría, deben abonar sus obligaciones mediante medios electrónicos.

El portal Monotributo permite verificar las fechas de vencimiento y los montos correspondientes. El pago puede realizarse mediante Volante Electrónico de Pago (VEP), homebanking, cajeros automáticos, tarjeta de crédito, débito automático en cuenta bancaria o plataformas como Mercado Pago.

Con información de Tiempo Sur