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La AFIP actualizó los valores mínimos a partir de los cuales controlará los gastos con tarjeta

El organismo dio a conocer los nuevos valores mínimos a partir de los cuales las entidades financieras deberán informar los consumos de sus clientes en todo el país.
miércoles 31 de mayo de 2023
La AFIP actualizó los valores mínimos a partir de los cuales controlará los gastos con tarjeta
La AFIP aumentó el monto mínimo para que las entidades financieras informen consumos con tarjetas de sus clientes.
La AFIP aumentó el monto mínimo para que las entidades financieras informen consumos con tarjetas de sus clientes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los valores mínimos a partir de los cuales los bancos y billeteras virtuales deben comunicar los movimientos en las cuentas bancarias y tarjetas de contribuyentes de todo el país.

Con la actualización, el monto mínimo desde el que las entidades financieras deben informar los gastos con tarjeta de débito se elevó de $30.000 a $120.000. En tanto que el valor mínimo para reportar tanto acreditaciones como extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo aumentó de $90.000 a $200.000, de acuerdo a lo establecido en la Resolución General 5338.

La resolución también incrementó los montos para los administradores de sistemas de procesamiento de pagos a través de plataformas de gestión electrónica o digital, incluyendo los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), comúnmente denominadas como billeteras virtuales.

A su vez, el régimen aplica de igual manera cuando el tipo de operación, ya sea de ingreso o egreso (de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital) sea una transferencia bancaria o virtual, que iguale o supere los $400.000.

Nuevos mínimos para informar la compra o venta de motos, autos o inmueble

A partir de este jueves 1 de junio, entrarán en vigencia los nuevos mínimos desde los cuales se deberá informar a la AFIP por la compra o venta de motos y autos usados o la transferencia de un inmueble.

En el caso de las operaciones de compraventa de motos o autos se deberán informar al organismo a partir de $1,1 millón cuando se trate de autos y de $450.000 cuando sea de motos. Los montos vigentes hasta este miércoles se ubican en los $600.000 y $240.000 pesos, respectivamente. Por su parte, para los inmuebles el valor se actualiza desde los 5 millones a 9,4 millones de pesos.

Al mismo tiempo, regirá un incremento en el valor mínimo desde el cual es obligatorio tramitar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), pasando de los 2,4 a los 4,5 millones de pesos. (NA)

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