El gobierno reglamenta la libre exportación de hidrocarburos con un registro simplificado
El Gobierno nacional reglamentó este miércoles la libre exportación de hidrocarburos mediante la Resolución 166/2026, estableciendo un registro simplificado para agilizar las ventas externas de petróleo y derivados, eliminando trabas burocráticas previas para el sector energético.
La medida, publicada en el Boletín Oficial, responde a la política de desregulación impulsada por la administración de Javier Milei, alineándose con los principios de libre mercado del Decreto 70/2023 y la Ley Bases.
La normativa deroga la Resolución 241/2017, que obligaba a las empresas a ofrecer sus productos al mercado interno antes de obtener permisos, un mecanismo que el Ejecutivo consideró distorsivo y poco eficiente para garantizar el abastecimiento.
Agilización mediante trámites digitales
El eje central de la reforma es la creación del Registro de Operaciones de Exportación, gestionado a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Este sistema permite que, ante la falta de respuesta de la Secretaría de Energía en plazos de 7 a 30 días hábiles, opere el silencio positivo, habilitando automáticamente la Constancia de Libre Exportación. Para las operadoras esta agilidad representa una oportunidad clave para optimizar la comercialización de crudos y derivados.
Criterios de control y seguridad
Aunque se fomenta la libertad comercial, la Subsecretaría de Hidrocarburos mantiene facultades de objeción bajo criterios técnicos específicos. Según el texto oficial, las exportaciones podrán ser observadas ante la "falta de disponibilidad para el abastecimiento interno en condiciones económicas razonables" o por "prácticas anticompetitivas".
Asimismo, los proyectos de gran escala que requieran nueva infraestructura podrán articularse con el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), brindando mayor previsibilidad a las inversiones de largo plazo en la región.