El Gobierno nacional modificó los períodos estacionales para las tarifas de gas
El Gobierno nacional oficializó una modificación en los períodos estacionales que rigen para los ajustes en el precio del gas. La medida impacta directamente en el cuadro tarifario que reciben los usuarios de todo el país.
A través de la Resolución 60/2026 del Ministerio de Economía, se determinó que el año se dividirá en dos tramos específicos. El ciclo invernal comprenderá desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre.
Por su parte, el ciclo estival se extenderá desde el 1 de octubre hasta el 30 de abril del año siguiente. Esta estructura reemplaza el esquema anterior que dividía los períodos de abril a septiembre y de octubre a marzo.
El objetivo de esta readecuación es ajustar el precio reconocido en las facturas al comportamiento real del consumo de gas en el sistema. Según los considerandos, la demanda presenta incrementos significativos a partir del mes de mayo.
El sistema previo perdió vigencia ante la implementación del Precio Anual Uniforme (PAU). La estacionalidad regulatoria deja de responder a variaciones de precio y pasa a reflejar principalmente la dinámica de la demanda gasífera.
Implementación en distribuidoras
La Secretaría de Energía determinó que los ajustes serán estacionales una vez transcurrido el período de transición. Las empresas distribuidoras deberán aplicar estos cambios en sus próximas gestiones ante el Ente Regulador.
La normativa aclara que se entenderá que las licenciatarias aceptan esta modificación con la primera presentación de la solicitud de traslado de precio a los cuadros tarifarios. La medida ya rige tras su publicación oficial.