Monotributo: ARCA aclara que no usará transferencias personales para recategorizar
El Gobierno nacional, a través de la Oficina de respuesta oficial, brindó precisiones sobre el funcionamiento de ARCA y el control de las billeteras virtuales. Se aclaró que el organismo no utiliza las transferencias personales para modificar la categoría de los contribuyentes.
Desde el organismo señalaron que el análisis se centra exclusivamente en operaciones comerciales. Esto incluye cobros realizados mediante tarjetas de crédito, débito o códigos QR. Las transferencias por préstamos, regalos o movimientos entre cuentas propias quedan excluidas de este seguimiento.
Cuando se detecta que un monotributista registra cobros electrónicos superiores a su facturación, se emite una notificación. El contribuyente dispone de un plazo de 15 días para justificar el origen de esos fondos. La recategorización solo se aplica si no existe una justificación válida para el excedente.
La normativa vigente establece que la información sobre transferencias solo se reporta a partir de cifras elevadas. Según la comunicación oficial, ARCA recibe datos de movimientos que superen los 50 millones de pesos mensuales. Por debajo de ese monto, no se genera un reporte automático de transferencias.
Recategorización semestral
El proceso de recategorización semestral es un trámite habitual previsto por la ley. Los contribuyentes pueden realizarlo de manera voluntaria según sus ingresos reales. En caso de no hacerlo, el organismo puede proceder de oficio utilizando únicamente la información fiscal verificada de transacciones comerciales.