Subsidios energéticos: el Gobierno definió los requisitos para acceder al beneficio
El Gobierno nacional oficializó los requisitos para acceder al nuevo régimen de subsidios energéticos, el cual unifica la asistencia para los servicios de luz, gas natural, gas propano por redes y garrafas bajo una única categoría de usuarios residenciales. La medida, detallada en la Disposición 2/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, establece la creación de los Subsidios Energéticos Focalizados (SEF).
Para ingresar al régimen, los hogares deben estar inscriptos en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF). Según la normativa publicada en el Boletín Oficial, los ingresos netos totales del grupo familiar deben ser inferiores o iguales al valor de tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un "Hogar 2", de acuerdo con los datos proporcionados por el INDEC.
Condiciones de inclusión y permanencia
El acceso al beneficio también contempla a hogares que cuenten con un integrante titular del Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP), una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra o un Certificado Único de Discapacidad (CUD), este último previa evaluación de necesidad económica. El nuevo registro se conformará inicialmente con la información disponible en el sistema RASE, aunque se realizarán cruces de datos para verificar la vigencia de las condiciones declaradas.
La autoridad de aplicación podrá utilizar indicadores de exteriorización de patrimonio para determinar la capacidad de pago de los solicitantes. La detección de signos de capacidad económica en cualquier integrante del grupo familiar permitirá el rechazo de la solicitud o la exclusión del subsidio, incluso si se cumple con el requisito de ingresos netos.
Criterios de exclusión por bienes y activos
Además del límite de ingresos, existen condiciones patrimoniales que invalidan el acceso al beneficio. Quedarán excluidos los hogares cuyos integrantes posean al menos un automóvil con una antigüedad igual o menor a tres años, excepto en casos donde un integrante sea titular de un CUD. También se denegará el subsidio a quienes posean, en conjunto, tres o más inmuebles, una embarcación de lujo, una aeronave o activos societarios.
El control de estas condiciones se efectuará mediante el cruce de información con el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) y otras bases oficiales. Según informaron fuentes oficiales a Crónica, el proceso de evaluación incluirá criterios de georreferenciación para verificar la veracidad de la situación patrimonial informada por los usuarios residenciales.