ARCA establece fecha de vencimiento para el impuesto a las Ganancias y Bienes Personales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó el primer anticipo de los dos impuestos correspondientes a 2024
viernes 25 de octubre de 2024
ARCA establece fecha de vencimiento para el impuesto a las Ganancias y Bienes Personales
ARCA establece fecha de vencimiento para el impuesto a las Ganancias y Bienes Personales

En la Resolución General 5592/2024, firmada por la administradora federal Florencia Lucila Misrahi, de la recientemente creada Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), se establecen nuevas fechas de vencimiento para los anticipos del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del año fiscal 2024, aplicables a personas físicas y sucesiones indivisas.

El primer anticipo del impuesto a las Ganancias, que vencía el 25 de octubre, se prorrogó hasta noviembre. “Se posterga a noviembre el primer anticipo de Ganancias para Personas Humanas y Sucesiones Indivisas -periodo fiscal 2024”, anunciaron desde la cuenta oficial del organismo en X.  

Las nuevas fechas de vencimiento se establecerán según la terminación del CUIT del contribuyente.

Primer anticipo

  • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 13/11/2024
  • Terminación CUIT 4, 5 y 6: 14/11/2024
  • Terminación CUIT 7, 8 y 9: 15/11/2024

Segundo anticipo

  • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 13/12/2024
  • Terminación CUIT 4, 5 y 6: 16/12/2024
  • Terminación CUIT 7, 8 y 9: 17/12/2024

Tercer anticipo

  • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 13/02/2025
  • Terminación CUIT 4, 5 y 6: 14/02/2025
  • Terminación CUIT 7, 8 y 9: 17/02/2025

Cuarto anticipo

  • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 13/03/2025
  • Terminación CUIT 4, 5 y 6: 14/03/2025
  • Terminación CUIT 7, 8 y 9: 17/03/2025

Quinto anticipo

  • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 14/04/2025
  • Terminación CUIT 4, 5 y 6: 15/04/2025
  • Terminación CUIT 7, 8 y 9: 16/04/2025

La resolución también aclara que "con relación al ingreso del primer anticipo no se encontrarán habilitados el débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito, ni la opción de débito en cuenta a través de cajeros automáticos."

Nuevas fechas para el anticipo de Bienes Personales

En lo que respecta al impuesto sobre los Bienes Personales, las fechas son las siguientes:

Primer anticipo

  • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 14/10/2024
  • Terminación CUIT 4, 5 y 6: 15/10/2024
  • Terminación CUIT 7, 8 y 9: 16/10/2024

Segundo anticipo

  • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 13/11/2024
  • Terminación CUIT 4, 5 y 6: 14/11/2024
  • Terminación CUIT 7, 8 y 9: 15/11/2024

También indicaron en la publicación de X que "la presentación de la declaración jurada deberá efectuarse hasta el día del mes de mayo del año inmediato siguiente al del período fiscal que se declara, según el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año fiscal conforme la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de los responsables".