Se reglamentó el “silencio positivo” uno de los polémicos puntos de la Ley Bases

La norma establece que ante la falta de respuesta del Estado ante un procedimiento administrativo “este será tomado por aprobado”
viernes 30 de agosto de 2024
Se reglamentó el “silencio positivo” uno de los polémicos puntos de la Ley Bases
Se reglamentó el “silencio positivo” uno de los polémicos puntos de la Ley Bases

 

El Gobierno reglamentó esta semana a través de una Decisión Administrativa publicada en el Boletín Oficial los plazos que tendrá la implementación del “silencio positivo”, que modifica la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549 que se había sancionado en 1972.

Esa norma establece que ante la falta de respuesta del Estado ante un procedimiento administrativo “este será tomado por aprobado” en contraposición a lo normado anteriormente por la que una demora de estas características implicaba una negativa estatal.

El oficialismo había expuesto el debate en el Senado que con esta reforma en la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos pretendía incentivar la inversión y el desarrollo del sector privado, aunque los cuestionamientos por parte de la oposición sostenía -y lo siguen sosteniendo- que el cambio iba a transformarse en un beneficio para las empresas que litigaran contra el Estado.

De acuerdo a lo que se sostiene, como ejemplo, el Poder Ejecutivo reglamentó la legislación a través de la cual -a partir del 1 de noviembre próximo- un empresario o cualquier particular que reclame la propiedad de un bien del Estado podrá quedarse con él en caso de que el Gobierno no le responda en un plazo determinado.

Desde la oposición se señala que la medida, firmada por el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la canciller Diana Mondino, deja a la deriva los inmuebles del Estado y posibilita que cualquiera se pueda quedar con ellos. Particularmente las grandes empresas que se asentaron en algunos sin permiso para realizar emprendimientos o desarrollos.