2025-10-29

Cómo un fallo de la Corte Suprema reabrió las heridas del linchamiento que sacudió a Comodoro

La tragedia comenzó con un crimen real y atroz. Un niño de 12 años, al regresar del colegio a su casa en el barrio Fracción 14, fue interceptado y abusado sexualmente. Su madre radicó la denuncia policial, activando los protocolos institucionales que, sin embargo, pronto serían superados por una forma de justicia mucho más primitiva y veloz que atrajo la mirada de todo el país. A 6 años del siniestro y con nuevas definiciones judiciales, desde Crónica te contamos la historia completa.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) reabrió la causa por el homicidio de José Jorge Oviedo, un linchamiento ocurrido el 25 de marzo de 2019 en el barrio Fracción 14 de Comodoro Rivadavia. La decisión, emitida este 29 de octubre de 2025 en Buenos Aires, hizo lugar a un recurso de hecho presentado por la Procuración General de la provincia de Chubut, revocando una sentencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) provincial que había anulado el sobreseimiento de un imputado en la causa.

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Este fallo de la máxima instancia judicial del país reactiva el proceso judicial, que se había estancado en el ámbito provincial. La resolución, firmada por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, implica que el imputado que había sido desvinculado del caso vuelve a estar bajo proceso, y el expediente debe regresar a los tribunales de Chubut para continuar con el juicio.

El origen de una tragedia evitable

El hecho que originó esta causa se remonta al 25 de marzo de 2019. Tras el abuso sexual de un niño de 12 años en el barrio Fracción 14, un rumor falso comenzó a circular por WhatsApp, señalando al hijo de José Oviedo como el autor. Movilizada por esta desinformación, una turba de vecinos incendió la casa de la familia Oviedo y persiguió a José, el padre, hasta darle muerte a golpes en plena calle. La autopsia confirmó que el fallecimiento se produjo por “traumatismos múltiples, traumatismo de cráneo, tórax y abdomen”. La policía presente en el lugar no logró contener la agresión, siendo superada por la multitud, según confirmaron fuentes policiales y testimonios judiciales.

La investigación posterior determinó que la acusación contra el hijo de José Oviedo era falsa. El verdadero autor del abuso fue identificado como un adolescente de 14 años en ese momento, quien, según informó el entonces ministro de Gobierno y Seguridad de Chubut, Federico Massoni, también participó del incendio y el linchamiento.

El recorrido judicial y la intervención de la Corte

Tras los hechos de aquella trágica fecha, el Ministerio Público Fiscal, con los fiscales Héctor Iturrioz y Camila Banfi, imputó a seis personas por el homicidio: Franco Bustos, María Hernández, Cesar Hueica, Diego Damián, Guillermo Metraillet y Jonathan Barrera. El juicio oral se realizó aproximadamente en junio de 2022, basándose en pruebas como videos grabados por vecinos y testimonios de la policía.

Sin embargo, el Superior Tribunal de Justicia de Chubut dictó una sentencia que derivó en el sobreseimiento de al menos uno de los imputados. Este tipo de decisiones ha sido una tendencia del STJ provincial, que en casos análogos ha priorizado formalismos procesales, como el vencimiento de plazos, sobre el fondo de la cuestión.

Ante esta situación, la Procuración General de Chubut, encabezada por Jorge Miquelarena, presentó un recurso de hecho ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El máximo tribunal consideró que la sentencia del STJ de Chubut podría ser “arbitraria” al ignorar pruebas decisivas o aplicar normas procesales de forma que vulneran garantías constitucionales, impulsando así la continuidad del proceso judicial. 

Este reciente acto de la Justicia funcionó como un desfibrilador judicial, reactivando un caso que encarna algunas de las fracturas más profundas de la sociedad argentina.

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