2026-03-05

Fallo histórico en Comodoro: la Justicia priorizó el deseo de un joven sobre la verdad biológica

La Justicia de Familia de Comodoro Rivadavia decidió priorizar el deseo del adolescente de mantener su apellido actual, permaneciendo ligado al padre que lo crió.

En una sentencia que pone el foco en el interés superior del niño y el valor de la identidad construida, la Justicia de Familia de Comodoro Rivadavia rechazó el pedido de una madre para impugnar el reconocimiento filial de su hijo, priorizando el deseo del adolescente de mantener su realidad familiar y su apellido actual por encima de las pruebas genéticas.

El caso se originó a partir de una prueba de ADN que confirmó que el hombre que reconoció al menor al nacer no es su padre biológico. Ante esto, la progenitora solicitó la impugnación de dicho reconocimiento.

Sin embargo, tras escuchar al joven —quien tenía 16 años al momento de la audiencia—, la jueza de familia Laura Lorenzón decidió no dar lugar al pedido, respetando la voluntad del adolescente de permanecer ligado legalmente a quien lo crió.

 

La identidad como construcción social

 

En los fundamentos del fallo, la magistrada remarcó que “la verdad biológica no opera de modo automático ni excluye el análisis integral del interés superior del niño”.

Según la sentencia, si bien la biología despeja incógnitas genéticas, no resuelve por sí sola el complejo entramado jurídico y afectivo que constituye el estado civil de una persona.

La jueza Lorenzón sostuvo que el nombre y el apellido no son simplemente datos en un registro, sino “componentes esenciales de la identidad personal”. En este sentido, cualquier modificación impactaría directamente en la construcción subjetiva y social del joven, quien manifestó explícitamente su deseo de conservar el apellido del padre que lo reconoció.

 

Alimentos y protección efectiva

 

Un aspecto relevante del fallo es la resolución sobre la asistencia económica. Mientras se define el cauce procesal de la filiación definitiva, la magistrada determinó que la necesidad alimentaria del joven es prioritaria y no puede ser interrumpida.

Por tal motivo, se dispuso que el padre biológico continúe con el pago de la cuota alimentaria, ordenando además una actualización de los valores de la misma.

Esta decisión busca garantizar la protección efectiva del adolescente, separando la responsabilidad económica de la resolución del vínculo jurídico registral.

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