2025-12-29

La Justicia declaró nula la aplicación del protocolo antipiquetes y el Gobierno confirmó que apelará el fallo

El juez federal Martín Cormick dejó sin efecto la resolución del Ministerio de Seguridad al considerar que el Ejecutivo vulneró derechos constitucionales. Desde la Casa Rosada sostienen que la medida es legítima y cuenta con el respaldo de la población.

El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 11, Martín Cormick, dictó la nulidad del protocolo antipiquetes que implementó el Gobierno nacional para intervenir ante cortes de calle y protestas. La medida alcanza a la metodología de actuación de las fuerzas de seguridad iniciada originalmente por Patricia Bullrich y sostenida por la actual ministra Alejandra Monteoliva. Este fallo se suma a otra resolución reciente del mismo magistrado, quien la semana pasada ordenó dar cumplimiento a la Ley de Financiamiento Universitario.

Invasión de competencias legislativas

A través de una acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el magistrado examinó la resolución 943/2023. En un fallo de 38 páginas, Cormick determinó que la normativa posee vicios legales debido a que el Ministerio de Seguridad pretendió legislar en materia penal y procesal, competencias que la Constitución Nacional otorga exclusivamente al Poder Legislativo. La sentencia sostiene que la administración pública no puede restringir derechos como la libertad de reunión, la libre expresión y el derecho de peticionar sin una ley previa del Congreso.

El juez Martín Cormick, antes de llegar al Poder Judicial, fue titular de la Inspección General de Justicia y funcionario del PAMI en distintos gobiernos kirchneristas.

 

El cuestionamiento a la flagrancia y las tareas de inteligencia

La Justicia analizó el concepto de flagrancia utilizado en el protocolo para justificar la acción inmediata ante cortes de circulación. El juez dictaminó que la protesta social no puede equipararse de forma automática a un ilícito penal que habilite la intervención policial sin la orden de un juez. Asimismo, remarcó que calificar conductas delictivas y ordenar el uso de la fuerza son decisiones que corresponden a jueces y fiscales, no a autoridades políticas.

Por otro lado, el fallo invalidó las tareas de inteligencia que permitían filmar e identificar manifestantes. Cormick advirtió que estas prácticas contradicen la Ley de Inteligencia Nacional, que prohíbe recolectar datos basados en opiniones políticas o actividades lícitas de los ciudadanos, calificando el registro sistemático como una intromisión arbitraria y una forma de amedrentamiento.

Vulnerabilidad y derechos humanos

Un punto central de la sentencia fue la falta de directrices para proteger a grupos vulnerables, como niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad. El protocolo no establecía diferencias en el accionar policial para estos casos, lo que para el juez representa un incumplimiento de obligaciones internacionales en derechos humanos, especialmente considerando que muchas movilizaciones frente al Congreso son integradas por jubilados.

El Gobierno apelará la medida

Ante esta resolución, el Gobierno nacional decidió que apelará el fallo ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal en los próximos días. Fuentes oficiales de la Casa Rosada afirmaron que "el 70% de los argentinos está a favor del protocolo" y calificaron la decisión judicial como un movimiento "político". "No vamos a dar un paso atrás. Vamos a ir contra esta medida que va en contra de los argentinos. Sin protocolo vuelve el desorden", señalaron desde el Ejecutivo.

El Ministerio de Seguridad, a cargo de Alejandra Monteoliva, emitió un comunicado confirmando que el procedimiento es "legítimo" y posee "fundamentos técnicos, jurídicos y operativos" que garantizan la libre circulación. La funcionaria consideró en su cuenta de X que este avance responde a la "vieja política que no quiere paz ni orden". En el mismo sentido, la actual diputada Patricia Bullrich cuestionó la sentencia y remarcó que la metodología ya fue validada por otros jueces, señalando que los perjudicados son "los argentinos que quieren trabajar, circular y vivir en paz".

Paula Litvachky, directora ejecutiva del CELS, valoró la decisión señalando que “un juez le pone límite al Ministerio de Seguridad y le dice que no puede legislar a través de una resolución ni puede interpretar el código penal como se la da la gana”. La demanda fue respaldada también por Amnistía Internacional Argentina, ATE, Sipreba y la Asociación Civil AJUS.

Con información de Infobae.

 

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