Otros ocho exfuncionarios y empresarios también fueron declarados penalmente responsables
Condenaron a Palomeque y Boyero por fraude a la administración pública
El tribunal colegiado de debate, integrado por los jueces Mariano Nicosia, Martín Cosmaro y Carlos Tedesco, dio hoy a conocer la parte dispositiva del fallo, en el marco del debate oral y público por la causa conocida como “Emergencia Climática I” en Comodoro Rivadavia.
Luego de más de tres horas, donde hicieron referencia a las pruebas presentadas y la documentación que acreditó la comisión de delitos, es decir se cobró por labor de máquinas que nunca estuvieron presentes, o abonó más horas de las realmente concretadas; determinaron declarar penalmente responsables a diez de los trece imputados. Mientras que el 29 de julio a las 9 horas, se concretará la audiencia de cesura o imposición de pena de quienes fueron condenados.
En acto judicial estuvo presidido por el tribunal colegiado, estuvieron presentes el fiscal general, Cristian Olazábal, junto a los funcionarios de fiscalía, Fabiola López y Cristian Ovalle, en representación del Ministerio Público Fiscal.
La defensa de Abel Boyero, fue ejercida por Guillermo Iglesias; la de Joaquín Mansilla, Rubén Sartori, Eduardo Van Heerden y Juan Lara por la abogada de la Defensa Pública, María de los Ángeles Garro y la de Rubén Palomeque, por Cristina Sadino, también defensora pública. Asimismo, Cristian Lobos Rozas y Javier Morales fueron representados por Juan Bill y los hermanos Gonzalo y Cristian Pérez, por Ivo Di Taranto, también abogados de la Defensa Pública. Roberto Monasterolo y Julián Astiz, por Fabian Gabalachis, abogado particular.
Funcionarios condenados
En el caso del ex subsecretario de Servicios a la Comunidad, Rubén Palomeque y el ex secretario de Obras Públicas, Abel Boyero, fueron condenados por fraude en perjuicio de la administración pública, en carácter de cómplice primario de un hecho tentado y otros 30 consumados, todos interpretados como delito continuado por lo sucedido entre el 30 de marzo de 2017 y el 21 de noviembre de 2018.
También declararon abstracta la pretensión de declaración de inconstitucionalidad de los artículos 242 apartado tercero y 251 del CPP articulada por el defensor del acusado Boyero, en orden al modo por el que se resuelve la imputación y ser de aplicación los artículos 29 inciso tercero del CP y 241 del CPP y 29 inciso tercero del CP.
Por su parte, Joaquín Mansilla, trabajador municipal, fue declarado responsable de fraude en perjuicio de la administración pública en carácter de cómplice primario, en concurso ideal, con falsedad ideológica de instrumentos públicos en carácter de autor en un hecho tentado y otros 25 consumados interpretados como un único delito continuado, por lo ocurrido entre el 30 de marzo 2017 y 21 de noviembre de 2018. Lo mismo para Rubén Sartori, pero en su caso por un hecho tentado y otros cinco consumados, entre el 30 de marzo y 26 de diciembre de 2017.
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Juan Lara, otro de los trabajadores del Municipio, fue declarado responsable del mismo delito que los dos anteriores, pero por cinco hechos consumados, interpretados como delito continuado, entre el 30 de marzo de 2017 y el 13 de noviembre de 2018; bajo la misma imputación fue declarado responsable Eduardo Van Heerden, por tres hechos interpretados como delito continuado entre el 4 de abril de 2017 y el 12 de noviembre de 2018.
Empresarios, declarados responsables
En el caso de Cristian Pérez, empresario hermano del antes mencionado, definieron declararlo culpable del delito de fraude en perjuicio de la administración pública, en calidad de autor de un hecho tentado y otros cinco consumados, interpretados como un único delito continuado, por los hechos ocurridos entre el 30 de marzo y el 26 de diciembre de 2017, en perjuicio de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia.
Roberto Monasterolo, empresario, fue declarado penalmente responsable por el delito de fraude en perjuicio de la administración pública, en carácter de autor, en cincho hechos interpretados como un único delito continuado, por los delitos ocurridos entre el 30 de marzo de 2017 y el 13 de noviembre de 2018. También fue declarado penalmente responsable del mismo delito, Javier Morales, en el caso de cinco hechos, interpretados como un único delito continuado, por los hechos ocurridos entre 4 de abril de 2017 y el 12 de noviembre de 2018. Lo mismo para Cristian Lobos Rozas, también empresario y en su caso declarado penalmente responsable por diez hechos interpretados como un único delito continuado, entre el 30 de marzo de 2017 y el 21 de noviembre de 2018.
Sobreseídos y uno absuelto
El juez Nicosia fue el encargado de dar a conocer la parte dispositiva final, donde, en relación a los acusados Gonzalo Pérez y Julián Astiz, se determinó su sobreseimiento por el delito de fraude en perjuicio de la administración pública, en carácter de coautor de un hecho tentado y otros cinco consumados, interpretados como único delito continuado, en el caso del primero, y en el caso del segundo por fraude en perjuicio de la administración pública, en carácter de autor, en siete hechos interpretados como un único delito continuado.
Se tomó la decisión “por no adecuarse los hechos enrostrados en la acusación y en auto de apertura de juicio ninguna figura penal legal ni ser factible el saneamiento o la renovación de esos actos procesales defectuosos”.
En el caso de Ernesto Herk, fue absuelto por la causa en la que era investigado por fraude en perjuicio de la administración pública, en carácter de cómplice primario, en concurso ideal con falsedad ideológica de instrumento público, en calidad de autor, en tres hechos.
Sobre la causa
La investigación de la causa conocida como “Emergencia Climática I”, comienza luego de lo que fue el ciclón extra tropical que azotó a Comodoro Rivadavia entre los días 29 de marzo y 9 de abril de 2017, donde se produjo una precipitación de casi 400 mm., de acuerdo se indicó desde el Servicio Meteorológico Nacional, generando consecuencias devastadoras en distintos puntos de la ciudad, anegando barrios enteros y provocando la pérdida de viviendas.
El 5 de abril de 2017, el Concejo Deliberante declaró la emergencia económica, social y administrativa, liberando al Ejecutivo local de cumplir con la ordenanza de contrataciones, y con el fin de remover el lodo resultante de la tormenta el Municipio contrató a 197 empresas, horas máquina, y maquinaria vial. Pero en medio de tamaña tragedia, se confeccionaron partes diarios con información falseada, que no se correspondía con la realidad, y cuyos pagos eran autorizados por Boyero y Palomeque.