2023-07-25

Registro Civil y veda electoral para las elecciones del domingo

Próximos a la jornada electoral que se vivirá en la provincia el próximo domingo, 30 de julio, el Gobierno del Chubut por medio de la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas -dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia-, informó que se abrirá el sábado 29 y domingo 30 todas las Delegaciones del Registro Civil, en horario de 10 a 13 horas, con el fin de entregar Documentos de Identidad (DNI) que se hayan tramitado y que por diversas razones no fueron retirados.

Al respecto, se remarcó la importancia de que al momento de retirar el DNI, se lleve la constancia del trámite para que los agentes tengan seguridad de que fueron entregados de forma correcta.

Por otra parte, se informó también los alcances de la veda electoral y las actividades que quedan prohibidas desde las 8 de la mañana del viernes 28 de julio y hasta las 21 del domingo 30 de julio, tres horas después de la finalización de los comicios.

En ese marco, se detalla que la venta de cualquier tipo de bebidas alcohólicas estará prohibida desde las 20 del día anterior a la elección y hasta las 21 horas del día en que se celebran los comicios, destacándose que a quien venda bebidas alcohólicas durante ese período le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.

Aquellas personas que no respeten la veda prevista podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penas establecidas para aquellos que violen la veda dependerá del incumplimiento en el que incurran.

Se detalla que, dentro de la veda, quedan prohibidas las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas, dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.

Lo propio sucede con los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral. El expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas y ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.

Del mismo modo, se prohíbe la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos; realizar actos públicos de proselitismo; publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado, al igual que abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de cualquier lugar de votación.

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