Día de la Ancianidad: el hito histórico que transformó la vejez en un sujeto de derecho
El día de la ancianidad se conmemora el 28 de agosto en Argentina, en alusión a la declaración de los «Derechos de la Ancianidad» en 1948 y que formarían parte de la Constitución de 1949 para reconocer y proteger los derechos de las personas mayores. El envejecimiento es una etapa natural que merece ser vivida con dignidad, seguridad, bienestar y reconocimiento económico sustentable.
A mediados del siglo XX, la ancianidad en gran parte del mundo transitaba bajo la sombra de la vulnerabilidad, el abandono familiar o la beneficencia privada. No existía un marco estatal sistemático que reconociera a las personas de la tercera edad como sujetos plenos de derecho. En este escenario, el 28 de agosto de 1948, Eva Perón irrumpió en la agenda pública proclamando el Decálogo de los Derechos de la Ancianidad. Esta declaración no solo buscó visibilizar las carencias materiales y afectivas de los adultos mayores, sino elevar el amparo a la categoría de obligación estatal primaria cuando la red familiar se mostrara insuficiente o inexistente.
El impacto social de esta proclama fue de tal magnitud que trascendió la mera declaración de principios. Un año después, durante la Reforma Constitucional de 1949 impulsada por el gobierno de Juan Domingo Perón, estos diez puntos fueron incorporados formalmente en el texto de la Carta Magna nacional. De este modo, la Argentina se posicionó como un país pionero a nivel internacional en constitucionalizar garantías destinadas a preservar la dignidad de las personas mayores en todas sus dimensiones.
Los diez pilares para una vejez digna e integral
El cuerpo conceptual impulsado por Evita abarcó un abanico amplio de necesidades humanas, combinando la asistencia material con la salud emocional y espiritual:
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Derecho a la Asistencia: Exige la protección integral de la familia o, en su defecto, el amparo directo del Estado ante situaciones de desamparo o abandono.
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Derecho a la Vivienda: Garantiza un espacio idóneo que resguarde la salud mediante condiciones óptimas de higiene, seguridad y climatización.
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Derecho a la Alimentación: Establece una nutrición adecuada a las necesidades físicas y médicas de cada individuo.
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Derecho al Vestido: Promueve el acceso a indumentaria cómoda y adaptada a las exigencias climáticas y funcionales.
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Derecho al Cuidado de la Salud Física: Asegura el suministro regular de medicamentos, tratamientos y rutinas médicas preventivas.
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Derecho al Cuidado de la Salud Moral: Protege la libertad de fe, la práctica espiritual y el desarrollo de aficiones personales.
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Derecho al Esparcimiento: Reconoce la necesidad de contar con momentos de ocio y recreación segura.
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Derecho al Trabajo: Valora la laborterapia como medio para ejercitar capacidades físicas, mentales y reforzar la autoestima.
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Derecho a la Expansión: Garantiza la libertad de pensamiento y la expresión sin restricciones.
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Derecho al Respeto: Promueve la empatía y la consideración incondicional por parte del conjunto social.
Se cumplen hoy 78 años de ese decalogo, y Argentina fue precursora en la incorporación en su legislación de los derechos de los adultos mayores. Meses más tarde, el 18 de noviembre de 1948, éstos fueron proclamados también por el Tercer Período de Sesiones de la Tercera Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
De allí en adelante el resto de los países del mundo comenzaron a poner el foco en la misma temática.