2026-07-16

Chubut promulgó la ley que habilita las reelecciones indefinidas en municipios sin Carta Orgánica

El Gobierno del Chubut promulgó la ley que elimina el límite de mandatos consecutivos para intendentes, concejales y presidentes de comunas rurales de las localidades que no cuentan con Carta Orgánica, por lo que la normativa quedó oficialmente en vigencia tras su publicación.

La iniciativa había sido aprobada por la Legislatura provincial luego de un extenso debate y modifica la Ley de Corporaciones Municipales y la Ley de Comunas Rurales. Con este cambio, quienes ocupen esos cargos podrán presentarse nuevamente a elecciones sin un límite de reelecciones consecutivas, siempre que obtengan el respaldo de los votantes.

La medida alcanza exclusivamente a los municipios que se rigen por la Ley de Corporaciones Municipales. En cambio, las ciudades que poseen Carta Orgánica continuarán regulando el régimen de reelecciones a través de sus propias normas, por lo que la modificación no tendrá efectos sobre esos distritos.

La sanción de la ley generó distintas posiciones dentro del arco político provincial. Mientras algunos intendentes del interior respaldaron la iniciativa al considerar que debe ser el electorado quien defina la continuidad de sus autoridades, otros sectores expresaron su rechazo al entender que la eliminación del límite de mandatos afecta el principio de alternancia en los cargos públicos.

Tras la aprobación legislativa, dirigentes y comités de la Unión Cívica Radical de distintas localidades solicitaron al Poder Ejecutivo provincial que vetara la norma. Sin embargo, con la promulgación quedó firme el texto sancionado por la Legislatura y la ley comenzó a regir oficialmente.

La nueva normativa tendrá incidencia en el futuro escenario electoral de los municipios alcanzados por la Ley de Corporaciones Municipales y las comunas rurales, donde las autoridades podrán volver a competir por nuevos períodos sin las restricciones que establecía la legislación anterior.

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