Juicio rápido en Chubut: Desobedeció una orden de acercamiento y en menos de 24 horas fue condenado
La resolución se dictó de manera inmediata, a menos de 24 horas del hecho, mediante una audiencia de juicio rápido bajo la modalidad de procedimiento abreviado.
Tal como reportaron las autoridades judiciales, las partes renunciaron a los plazos procesales para que el cumplimiento de la sanción comenzara de forma efectiva.
El hecho que motivó la intervención de la Justicia ocurrió el pasado 9 de junio de 2026, aproximadamente a las 20:35 horas, en la localidad de José de San Martín. En esa oportunidad, personal de la comisaría local acudió ante un aviso telefónico y constató que el imputado se encontraba en el interior de una vivienda ubicada frente a la residencia de la víctima.
Con esta acción, el ciudadano quebrantó una medida dictada por el Juzgado de Familia N° 2 de Esquel, la cual establecía una prohibición de acercamiento y contacto vigente en un radio de 200 metros, formalmente notificada el pasado 11 de mayo. Tras ser invitado a salir a la vía pública, se procedió a su aprehensión en flagrancia.
El requerimiento de este mecanismo alternativo fue presentado por la Fiscalía de Estado, bajo la supervisión del fiscal Martín Robertson y con la intervención del funcionario de turno, Jorge Kovacevich, contando con el pleno acuerdo de la Defensa Pública.
La calificación legal de la causa se determinó como desobediencia en carácter de autor. Al homologar el acuerdo, el juez penal de la causa, Dr. Rolón, estableció una pena de cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo.
En el fallo se resolvió, además, la unificación con una condena previa dictada el día anterior por otra desobediencia cometida en el mes de mayo, causa que estuvo a cargo de la funcionaria de fiscalía Morena Broggi.
Por razones de arraigo y de acuerdo con la disponibilidad de cupos, se dispuso que la condena se ejecute en las instalaciones de la comisaría de José de San Martín.
Al cierre de la audiencia, el magistrado interviniente efectuó una severa advertencia al condenado respecto a la gravedad y reiteración de sus conductas.
El juez enfatizó que este tipo de desobediencias deterioran el historial penal e instó al individuo a canalizar cualquier solicitud de contacto con sus hijos exclusivamente por los carriles legales correspondientes, sin vulnerar las órdenes de restricción dictadas.