2026-05-15

Fiscalía pidió juicio por jurados para la madre de un niño de 3 años al que dejó encerrado y murió en un incendio

El hecho investigado ocurrió en julio de 2024 cuando un niño de tres años falleció en un incendio tras quedar solo en un departamento del Centro de Comodoro cerrado con llave. La Fiscalía solicitó que el caso se juzgue mediante un tribunal de jurados populares, mientras que la defensa solicitó encuadrarlo como homicidio culposo.

La mañana de este viernes se dio inicio a la audiencia preliminar en el marco de la investigación judicial por el fallecimiento de un menor de tres años, causa que tiene como imputada a su madre, identificada por sus iniciales como A. F. P. -las autoridades judiciales no han hecho trascender la identidad de la acusada-.

La fiscal de la causa, Andrea Rubio, presentó la acusación pública oficial detallando los elementos de prueba que prevé ventilar en el debate, mientras que el defensor particular, Mauro Fonteñez, postuló un cambio en el encuadre legal de los hechos.

El suceso que motivó el inicio de las actuaciones judiciales tuvo lugar el 26 de julio de 2024 a las 03:11 horas. Según expuso la parte acusadora, la imputada se retiró del departamento dejando a su hijo menor de edad en el interior de la vivienda y cerrando la puerta de acceso con llave. En el transcurso de su ausencia, se originó un foco ígneo sobre un sillón del inmueble. Pese a que los vecinos del sector detectaron el humo e intentaron ingresar de urgencia para auxiliar a la víctima, las aberturas cerradas impidieron el acceso a tiempo y el niño fue hallado sin vida.

La Fiscalía calificó jurídicamente la conducta de la mujer bajo la figura de abandono de persona incapaz seguido de muerte, agravado por el vínculo, en consonancia con los artículos 106 y 107 del Código Penal de la Nación. Sosteniendo que la imputada asumió de forma voluntaria el riesgo de dejar solo al menor, la representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que el futuro juicio se desarrolle bajo la modalidad de un tribunal de jurados populares, dada la expectativa de la pena prevista para este tipo de delitos. La pena que se espera con la acusación fiscal tiene un mínimo de 5 años y un máximo de 15 años de prisión. La mujer llegó a esta instancia en libertad porque siempre se presentó ante la Justicia cuando fue requerida. 

Por su parte, el defensor técnico de la imputada no cuestionó la gravedad del desenlace material de los hechos, pero planteó objeciones respecto a la descripción fáctica. El abogado argumentó la necesidad de una precisión estricta para garantizar el debido ejercicio del derecho a defensa, alegando que su asistida se encontraba en un contexto de extrema vulnerabilidad emocional y que “actuó bajo una equivocada confianza que el niño se dormiría”. Sobre esa base, el abogado solicitó la aplicación de la calificación alternativa de homicidio culposo.

Tras escuchar las argumentaciones expuestas por las partes, la jueza penal Daniela Arcuri resolvió disponer un cuarto intermedio en las deliberaciones. La medida judicial tiene como propósito otorgar un plazo formal para que el equipo de la fiscalía rectifique de manera parcial los términos de la descripción del hecho expuesto en la acusación, tras lo cual se procederá a reanudar la audiencia preliminar. 

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