2026-04-17

Rawson

Estafa con criptomonedas: acuerdo judicial permitirá reparar el daño a la víctima

La maniobra incluyó el uso de inteligencia artificial, redes sociales y transferencias a plataformas digitales. El imputado deberá pagar seis cuotas y será sobreseído si cumple.

La jueza Eve Ponce homologó un acuerdo entre la Fiscalía Especializada en Cibercrimen y la defensa en el marco de una causa por estafa, que prevé la reparación económica a la víctima y la extinción del proceso penal en caso de cumplimiento. Se trata de una solución alternativa prevista para estos casos.

Por el MPF intervinieron la fiscal Eugenia Domínguez y el abogado Juan Uad, ambos integrantes del área de Cibercrimen del Ministerio Público Fiscal.

La investigación se originó a partir de una maniobra fraudulenta ocurrida el 25 de mayo de 2025, cuando la víctima, un vecino de Rawson, fue incorporada a un grupo de la aplicación Telegram administrado por una usuaria que se presentaba como supuesta agente de divisas.

El grupo era promocionado mediante un video presuntamente manipulado con inteligencia artificial, en el que se utilizaba la imagen y voz del conductor Alejandro Fantino para generar confianza y credibilidad en la propuesta.

Dentro de ese ámbito, se ofrecían inversiones con promesas de altos rendimientos. La maniobra consistía en simular una operatoria financiera legítima, mediante comunicaciones constantes, supuestos reportes de ganancias y pedidos escalonados de dinero.

En ese contexto, la víctima realizó una primera transferencia de 169.000 pesos desde su cuenta del Banco del Chubut hacia una cuenta en la plataforma Ripio. Posteriormente, se le solicitó un nuevo depósito de 70.000 pesos en concepto de comisión por la supuesta intermediación, monto que también fue transferido.

De acuerdo con la investigación, el dinero fue convertido en criptomonedas tipo USDT y luego derivado a distintas direcciones digitales, con el objetivo de dificultar su rastreo y recuperación.

El hecho fue encuadrado provisoriamente como estafa, conforme al artículo 172 del Código Penal, imputándose al titular de la cuenta receptora de los fondos en carácter de autor y/o partícipe necesario.

En el marco del acuerdo homologado, el imputado deberá abonar seis cuotas mensuales y consecutivas de 58.000 pesos en concepto de reparación económica. Una vez cumplido en su totalidad, se dispondrá su sobreseimiento.

Desde el Ministerio Público Fiscal se destacó la importancia de estos mecanismos que permiten dar una respuesta rápida y efectiva, priorizando la reparación del daño a la víctima, y se reiteró la necesidad de denunciar este tipo de maniobras que combinan nuevas tecnologías con modalidades tradicionales de engaño.

Asimismo, se recomienda a la ciudadanía verificar la autenticidad de las propuestas de inversión y desconfiar de promesas de ganancias rápidas o aseguradas.

Te puede interesar