Dictan probation por un año y seis meses para imputado por abuso sexual
El imputado se encontraba procesado en una causa por abuso sexual simple. La decisión se tomó tras una audiencia de impugnación ordinaria realizada a principios de marzo, luego de que se denegara inicialmente el beneficio.
Durante el acto, la defensa solicitó la concesión de la medida, postura que fue acompañada por la representante de la fiscalía y la Asesoría de Menores.
El tribunal que dictó la resolución estuvo integrado por los jueces penales de Cámara Cecilia Codina, Mónica García y Martín Montenovo.
Bajo la supervisión del juez de Ejecución Penal, J. C. G. deberá cumplir con una serie de reglas de conducta por el mismo plazo de la probation. Entre las medidas impuestas se destacan la fijación de residencia, la obligación de no cometer nuevos delitos y la concurrencia trimestral a la Agencia de Supervisión.
Asimismo, se estableció la prohibición de acercamiento y contacto con la víctima, su hermana y su madre. El imputado deberá someterse a un tratamiento psicológico —previo dictamen forense que acredite su necesidad— y realizar un curso sobre violencia de género.
Información de interés
Si fuiste víctima de una agresión sexual, podés dirigirte a la Comisaría de la Mujer más cercana:
- Zona Norte: Km. 5 (B° Presidente Ortiz), Av. Ricardo Gutiérrez 775 (esquina Alfonsina Storni). Tel. (0297) 455-0511.
- Zona Sur: Eustaquio Molina 2900. Tel. (0297) 621-2386.
- Anexo Zona Sur: Seccional Séptima (Huergo y Pieragnolli). Tel. (0297) 452-7453.
Aclaratoria del MPF sobre la publicación de iniciales en casos de abuso sexual
En relación con la consulta sobre el motivo por el cual en algunos casos de abuso sexual los imputados son identificados únicamente mediante iniciales (X.X.X.), el Ministerio Público Fiscal informa que esta medida responde a la especial protección que se brinda a las víctimas en delitos de índole sexual, que son de carácter estrictamente privado.
En particular, en los casos de abuso sexual intrafamiliar se procede a la anonimización de los nombres del agresor o imputado, ya que la difusión de su identidad podría permitir la identificación indirecta de la víctima por parte de personas de su entorno.
El objetivo de esta práctica es evitar la revictimización, resguardar la intimidad de la persona afectada, y garantizar un abordaje respetuoso, conforme a los principios de protección integral de los derechos de las víctimas. El anonimato no procede en casos de abuso sexual no intrafamiliar.