El Gobierno flexibiliza el régimen de patentes farmacéuticas en el país
El Gobierno nacional oficializó una modificación en las normas vigentes para flexibilizar el otorgamiento de patentes químico-farmacéuticas. La medida responde al cumplimiento de acuerdos comerciales internacionales, particularmente con los Estados Unidos.
A través de la Resolución Conjunta 1/2026, firmada por los ministerios de Salud, Economía y el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), se derogaron las pautas que regían desde el año 2012. El objetivo es normalizar los procesos de propiedad intelectual en el sector salud.
La decisión administrativa pone fin a un esquema que limitaba el otorgamiento de patentes bajo criterios específicos de examen. A partir de ahora, el INPI evaluará cada solicitud de forma individual, aplicando los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.
El cambio normativo busca establecer condiciones de previsibilidad y seguridad jurídica para facilitar la introducción de innovaciones. Según el Poder Ejecutivo, el fortalecimiento de los derechos de propiedad intelectual incrementará la disponibilidad de nuevos productos farmacéuticos.
Acuerdos internacionales y mercado doméstico
Desde el Ministerio de Modernización se indicó que esta medida alinea a la Argentina con estándares internacionales de propiedad intelectual. Este paso se considera fundamental para avanzar en el acceso al mercado estadounidense por parte de la industria farmacéutica nacional.
El análisis de patentabilidad se realizará caso por caso, sin las restricciones adicionales que imponía la normativa anterior. Se aclaró que la derogación rige hacia adelante, por lo que los productos que ya están en el mercado no sufrirán modificaciones ni deberán pagar retribuciones.
Cambios en los criterios técnicos de evaluación
La regulación anterior excluía categorías como los polimorfos, sales, ésteres y derivados por considerarlos sustancias ya conocidas. También se rechazaban las patentes de segunda indicación médica o de dosificación, tratándolas como métodos de tratamiento no patentables.
Con el nuevo régimen, estas categorías podrán ser evaluadas bajo los criterios generales de la Ley N° 24.481. El Gobierno argumenta que las guías previas generaban una pérdida de beneficios para la sociedad al limitar los incentivos para la innovación en el sector.