2026-02-19

El Gobierno prorrogó el RIGI hasta 2027 y sumó nuevos proyectos petroleros

A través del Decreto 105/2026, el Ejecutivo extendió por un año el régimen de incentivos a grandes inversiones. Incorporó nuevos desarrollos en petróleo y gas y elevó la previsibilidad para proyectos de gran escala.

El Gobierno nacional oficializó la prórroga del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) hasta el 8 de julio de 2027. La medida quedó formalizada mediante el Decreto 105/2026, publicado en el Boletín Oficial.

El ministro de Economía, Luis Caputo, había anticipado la decisión y aseguró que el régimen fue “mejorado para hacerlo más claro y eficiente”. Según detalló, se incorporaron nuevos desarrollos en petróleo y gas con un piso de inversión de US$600 millones.

Desde su implementación, el RIGI ya aprobó 10 proyectos por US$25.479 millones y mantiene otros en evaluación. El Ejecutivo sostiene que la extensión del plazo responde a la necesidad de acompañar proyectos de gran escala que requieren períodos de maduración más largos.

Nuevas actividades y montos mínimos

La normativa incorpora la explotación y producción de nuevos desarrollos de hidrocarburos líquidos y gaseosos costa adentro, con una inversión mínima de US$600 millones en activos computables.

En el caso de actividades costa afuera, el monto mínimo se alineó en US$200 millones para el subsector exploratorio y productivo, en función del perfil de riesgo y la intensidad de capital.

Cambios en la reglamentación

El decreto también actualiza definiciones para evitar interpretaciones ambiguas y garantizar que los beneficios se apliquen a inversiones nuevas y significativas.

Además, redefine el concepto de “nuevo producto”, incorporando particularidades del sector tecnológico, y establece reglas más claras para ampliaciones de empresas ya radicadas en el país, reforzando mecanismos de trazabilidad y control.

Beneficios del régimen

Entre los principales incentivos del RIGI se destacan:

  • Reducción del Impuesto a las Ganancias del 35% al 25%.
  • Exención de derechos de exportación.
  • Posibilidad de deducir el IVA desde la etapa previa al inicio de operaciones.
  • Acceso a arbitraje internacional para resolver controversias legales.
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