2025-12-23

Frenaron el decreto que suspendía la Ley de Financiamiento Universitario

El juez federal Martín Cormick hizo lugar a una medida cautelar que suspende provisoriamente el Decreto 759/2025 del Poder Ejecutivo y ordena la aplicación inmediata de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente (ley 27.795). La decisión implica que se deben actualizar las partidas destinadas al pago de salarios de docentes y becas estudiantiles.

La determinación fue adoptada en el marco de una acción de amparo colectivo impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional y otras entidades, que cuestionaron la validez constitucional del decreto presidencial. Según el magistrado, el Decreto 759/2025 presenta, en principio, rasgos de “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta” al condicionar la aplicación de la ley, pese a la insistencia legislativa de ambas cámaras del Congreso.

Fundamentos de la medida judicial

El juez Cormick consideró que la insistencia del Congreso en la ley 27.795, tras el veto presidencial, no admite otra solución que su efectiva aplicación. Señaló que el Poder Ejecutivo fundamentó la suspensión de la ley en una norma de inferior jerarquía (artículo 5° de la ley 24.629) frente a un mandato constitucional expreso que, a priori, no prevé una “variante suspensiva” para la promulgación de una ley insistida con dos tercios de ambas cámaras.

En relación con el “peligro en la demora”, el fallo indicó que el deterioro de los ingresos del colectivo afectado (docentes y estudiantes) está explícito en la propia ley y en el decreto 759/2025. Esta situación, según el magistrado, conculca derechos laborales protegidos por Tratados Internacionales de Derechos Humanos y por la Constitución Nacional. Asimismo, el juez destacó que el deterioro salarial podría afectar el derecho a enseñar y aprender, reconocido en el artículo 14 de la Constitución.

Impacto y alcance de la decisión

El juez descartó que la medida cautelar pudiera generar efectos jurídicos o materiales irreversibles, al tratarse de una decisión provisoria dictada en un escenario dinámico. Aseveró que la no concesión de la medida implicaría un ahorro presupuestario “poco significativo”, citando estimaciones de la Oficina de Presupuesto del Congreso que ubican el impacto fiscal de la norma en un 0,23% del PBI.

La resolución de la Justicia Contencioso Administrativa Federal 11 concluye que la solución adoptada por el Poder Ejecutivo al dictar el decreto 759/2025 “parece, al menos en este estado larval del proceso, reñida con el principio de división de poderes”. En consecuencia, la cautelar regirá hasta el dictado de la sentencia definitiva, declarando inaplicable el decreto y ordenando al Estado Nacional cumplir de forma inmediata con los artículos 5° y 6° de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente.

 

 

Redactado con información de Infobae.

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