2025-12-04

Por la venta de publicidad

La Justicia española condenó a Meta a pagar 479 millones

El fallo afirma que la empresa usó de manera ilícita datos personales para vender publicidad hipersegmentada y obtener una ventaja competitiva frente a los medios que sí cumplían el RGPD. La decisión beneficia a 87 editoras y marca un antes y un después en la disputa por la regulación de las plataformas.

El Juzgado de lo Mercantil Nº15 de Madrid dictó una sentencia sin precedentes contra Meta, obligando a la empresa a pagar 479 millones de euros a 87 medios digitales y agencias agrupadas en la Asociación de Medios de Información (AMI). Para la prensa española, el fallo marca un punto de inflexión: por primera vez, un tribunal reconoce que el modelo de negocio publicitario de la compañía —basado durante años en el tratamiento ilegal de datos personales— generó un daño económico directo a los medios que competían siguiendo reglas más estrictas.

Por qué condenaron a Meta: “Ventaja competitiva obtenida con infracción de la ley”

La sentencia, fechada el 19 de noviembre de 2025, concluye que Meta reemplazó el consentimiento del usuario como base legal para procesar datos por la supuesta “ejecución del contrato”, una maniobra que, según el juzgado, hizo ilícito el uso masivo de información personal para ofrecer publicidad comportamental.

Ese sistema permitió a la plataforma vender anuncios con un nivel de segmentación imposible de replicar por los medios digitales, que debían respetar el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Para el juez, esa diferencia rompió la igualdad de condiciones en el mercado publicitario español.

Ingresos millonarios y daño probado

Durante el proceso, Meta Irlanda —que administra el negocio en España— no presentó sus cifras reales de facturación. Por eso, el magistrado aplicó la regla de carga de la prueba y tomó como válidos los valores aportados por los medios demandantes.

El fallo parte de un dato clave: entre el 25 de mayo de 2018 (entrada en vigor del RGPD) y el 1 de agosto de 2023 (cuando Meta volvió al consentimiento), la empresa habría obtenido 5.281 millones de euros en ingresos publicitarios en España. A partir de esa base, el juzgado calculó qué porcentaje de ese dinero habría terminado —en condiciones justas— en los sitios de noticias.

El resultado: 479 millones como compensación global para 87 editoras. Entre ellas, indemnizaciones específicas para Europa Press (2.570.000 euros) y Radio Blanca (13.563 euros).

Un precedente para toda la Unión Europea

La resolución subraya la dimensión europea del caso: Facebook e Instagram operan de forma idéntica en los países miembros y están sujetos al mismo marco normativo. Por eso, lo ocurrido en España podría impactar en otros procesos abiertos, como el que ya tramita un tribunal francés.

La prensa digital celebró el fallo porque establece, por primera vez, una responsabilidad económica directa para una plataforma tecnológica por violar el RGPD y alterar la competencia en la publicidad online, un mercado donde las plataformas globales concentran la mayor parte de la inversión.

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