ARCA establece fecha de vencimiento para el impuesto a las Ganancias y Bienes Personales
Las nuevas fechas de vencimiento se establecerán según la terminación del CUIT del contribuyente.
Primer anticipo
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 13/11/2024
- Terminación CUIT 4, 5 y 6: 14/11/2024
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: 15/11/2024
Segundo anticipo
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 13/12/2024
- Terminación CUIT 4, 5 y 6: 16/12/2024
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: 17/12/2024
Tercer anticipo
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 13/02/2025
- Terminación CUIT 4, 5 y 6: 14/02/2025
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: 17/02/2025
Cuarto anticipo
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 13/03/2025
- Terminación CUIT 4, 5 y 6: 14/03/2025
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: 17/03/2025
Quinto anticipo
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 14/04/2025
- Terminación CUIT 4, 5 y 6: 15/04/2025
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: 16/04/2025
La resolución también aclara que "con relación al ingreso del primer anticipo no se encontrarán habilitados el débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito, ni la opción de débito en cuenta a través de cajeros automáticos."
Nuevas fechas para el anticipo de Bienes Personales
En lo que respecta al impuesto sobre los Bienes Personales, las fechas son las siguientes:
Primer anticipo
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 14/10/2024
- Terminación CUIT 4, 5 y 6: 15/10/2024
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: 16/10/2024
Segundo anticipo
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: 13/11/2024
- Terminación CUIT 4, 5 y 6: 14/11/2024
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: 15/11/2024
También indicaron en la publicación de X que "la presentación de la declaración jurada deberá efectuarse hasta el día del mes de mayo del año inmediato siguiente al del período fiscal que se declara, según el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año fiscal conforme la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de los responsables".